Una operación privada para mejorar la salud de un órgano vital da derecho a la baja por IT
El Tribunal Supremo condena a la mutua y a la Seguridad Social por no reconocer la situación incapacitante a una trabajadora que se sometió a un cirugía de miopía
(Foto: E&J)
Una operación privada para mejorar la salud de un órgano vital da derecho a la baja por IT
El Tribunal Supremo condena a la mutua y a la Seguridad Social por no reconocer la situación incapacitante a una trabajadora que se sometió a un cirugía de miopía
(Foto: E&J)
El Tribunal Supremo ha emitido recientemente una sentencia que fallando que, las operaciones quirúrgicas en clínicas privadas para mejorar el funcionamiento de órganos principales, como es el tratamiento de la miopía, dan derecho a los pacientes a cursar la incapacidad temporal siempre que la causa de la baja médica sea controlada por los servicios públicos competentes.
La Sala considera, reiterando doctrina jurisprudencial, que el déficit de visión de la miopía supone una merma de la capacidad funcional de un órgano principal y que la intervención es una medida correctora, de forma que el periodo de recuperación funcional conlleva el reconocimiento del correspondiente subsidio. Pues, no se trata de una operación de cirugía estética, sino de una intervención para mejorar la salud visual y la capacidad laboral del trabajador.
La trabajadora del presente caso, resuelto por el Alto Tribunal, se sometió en abril de 2018 a una intervención en ambos ojos mediante cirugía refractiva por padecer miopía y astigmatismo. Al día siguiente se emitió parte de baja por enfermedad común con el diagnóstico de «miopía» y de alta, de la Inspección Médica, el 9 de mayo de 2018 por mejoría.
Pero la Mutua denegó el reconocimiento de prestaciones de la trabajadora por considerar que el origen estaba en una prestación no financiable por la seguridad social, al ser una intervención puramente estética. La actora presentó reclamación, a la que acompañó un documento en el que constaba un sello de un colegiado, y una firma, en el que se expresaba «al no tolerar las gafas por dermatitis de contacto, ni las lentes de contacto, aconsejo realizar cirugía refractiva con láser Excima».
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