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Jurisprudencia

Una pareja recupera el dinero sustraído de su cuenta por duplicado de la tarjeta SIM del móvil, al quedar acreditada la responsabilidad del banco

El protocolo de seguridad de la entidad bancaria es deficiente al no actuar ante movimientos de gran importe y poco habituales

(Imagen: Archivo)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 4 min



Jurisprudencia

Una pareja recupera el dinero sustraído de su cuenta por duplicado de la tarjeta SIM del móvil, al quedar acreditada la responsabilidad del banco

El protocolo de seguridad de la entidad bancaria es deficiente al no actuar ante movimientos de gran importe y poco habituales

(Imagen: Archivo)



El hecho de que los ciberdelincuentes se apropien ilícitamente del dinero de la cuenta corriente del cliente a través de un duplicado de la tarjeta SIM del número de teléfono de la víctima, no exime de responsabilidad al banco, ya que la estafa sólo es posible de ejecutar si existe una brecha de seguridad en el acceso al sistema de autentificación de pago.

Así ha fallado un juzgado de Toledo, en cuya sentencia dictada este 2 de mayo (disponible en el botón ‘descargar resolución’) afirma que la entidad bancaria tiene la responsabilidad de reintegrar el dinero que le ha sido sustraído a su cliente mediante este tipo de estafa de phishing, por no contar con protocolos de seguridad que pudiesen evitar que un ciberdelincuente efectuase las transferencias.



En el presente caso, la entidad bancaria condenada en su condición de proveedor de servicios de pago ha sido Unicaja Banco, que tendrá que devolver a sus clientes, un matrimonio, 11.775 euros, cantidad total que le fue sustraída a través de cinco transferencias bancarias con cargo a su cuenta. 

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