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Justicia arranca con ocho meses de retraso la plataforma de liquidación de activos en subastas judiciales

Es un elemento clave para que se impulse el procedimiento especial de micropymes, donde el deudor pone a la venta sus activos sin administrador concursal

Imagen plataforma liquidación de activos. (Foto: E&J)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 7 min

Publicado




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Justicia arranca con ocho meses de retraso la plataforma de liquidación de activos en subastas judiciales

Es un elemento clave para que se impulse el procedimiento especial de micropymes, donde el deudor pone a la venta sus activos sin administrador concursal

Imagen plataforma liquidación de activos. (Foto: E&J)



Con ocho meses de retraso respecto a la fecha prevista, El  ministerio de Justicia ha puesto en marcha la Plataforma Electrónica de Liquidación de Activos (PLABI), en la que se pueden ver los distintos bienes objeto de liquidación de procedimientos judiciales que van a salir a subasta y venta directa.

La plataforma pretende reforzar la transparencia en las subastas judiciales y acerca estos servicios a la ciudadanía para que puedan adquirir los bienes que se liquidan. Sin embargo, los operadores jurídicos consultados por Economist & Jurist subrayan que está en un estado muy inicial y que generaba problemas de acceso este martes con tareas de mantenimiento en marcha.



Por su parte,  la ministra de Justicia, Pilar Llop, en un comunicado de prensa distribuido por su equipo de comunicación señalaba que esta plataforma “es un paso más en la transformación digital en la que está inmersa la Administración de Justicia”, y ha matizado que “avances como este buscan dotar de transparencia y agilizar los procesos administrativos, pensando siempre en el beneficio que puede aportar a la ciudadanía”.



PLABI, en activo desde el pasado día 1 de agosto,  se contempla en la reciente Ley 16/2022 de Reforma de la Ley Concursal y supone una revolución en el procedimiento de liquidación de bienes de microempresas via online y sin administrador concursal. En PLABI se pretenden mostrar los activos en proceso de liquidación de estas microempresas, que emplean a menos de 10 trabajadores y que presentan un volumen de negocio anual inferior a 700.000 euros o un pasivo inferior a los 350.000 euros aunque por el momento la información subida es muy básica.

Esta plataforma  obtiene la información de esos activos del Servicio Electrónico de Microempresas, plataforma dedicada a llevar a cabo el citado procedimiento especial para micropymes, que está disponible en el Portal del Servicio Público de Justicia, gestionado por el Ministerio que dirige Pilar Llop.



La plataforma de liquidación de bienes es de acceso universal, sin coste y abierta al público. Algunas de las operaciones y peticiones de información requieren de identificación por alguno de los sistemas utilizadas ante la Administración Pública, como Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico. Aunque en la actualidad los bienes se muestran con el nivel de detalle que remiten los liquidadores al Servicio Electrónico de Microempresas, en las próximas versiones se incorporará la posibilidad de detallar los activos en cuanto a su descripción, categorización y aspecto visual, con la inclusión de fotografías de esos bienes en venta.

 No puedes registrarte

Alex Munné director de IAG Action y presidente de la Asociacion Nacional de Entidades Especializadas  ANEES, advierte que la Plataforma de Liquidación tiene problemas en su funcionamiento. Señala que la plataforma no funciona, “no te puedes registrar como comprador. No es funcional.  Es estática no puedes participar de ninguna subasta».

Alex Munne, presidente de ANEES y socio director de IAG Auction

Al mismo tiempo, Munné advierte que “ lo he contrastado con juzgados y por el momento esta web no está disponible para los operadores jurídicos, sean jueces, lajs, administrador concursal, compradores y deudores. No pueden entrar al no estar disponible”.

También constata el retraso de su puesta en marcha “ocho meses después aunque se pretendía que estuviera operativo en enero de este año. El Ministerio habla de que se han abierto 800 expedientes pero no sabemos a través de cuál via porque la web no es funcional. No podemos olvidar que la ley habla que para micropymes hay un plazo de seis meses para vender los activos. Tampoco sabemos los activos que han vendido a través de esta web”.

Otra cuestión que señala de la ley 16/2022 de reforma concursal que en su Disposición Adicional Tercera “se comprometen a que se desarrolle un Reglamento. Por el momento, esta plataforma de liquidación no tiene dicho desarrollo reglamentario para que sea mas operativa. Nadie duda de la iniciativa y de la voluntad del Ministerio de Justicia en la puesta en marcha de esta iniciativa pero esta aún muy por desarrollar”.

Alex Munné, recuerda que a lo largo de estos dos últimos años han surgido diferentes plataformas de liquidación “las más especializada forman parte de ANEES pero también han surgido otras que buscan negocio. Tal  y como señala la propia Ley Concursal, nuestras plataformas son complementarias a la que ahora se pone en marcha y así estamos trabajando”.

De hecho el mensaje que lanza el presidente de ANEES es que “nosotros ya estamos operativos y podemos ayudar a las micropymes en la venta de sus activos. Pero creo que hay un error de base que el propio Ministerio no entiende. Una plataforma de este tipo difícilmente vende activos concursales directamente.  Son los servicios que da la entidad especializada, cuyo uso es la plataforma uno de ellos lo que da valor  y realiza ventas”.

De esta forma, explica que “cuando la plataforma del Ministerio publique la venta de un local los clientes querrán ir a verlo, si tiene o no cargas y ver la valoración sobre el plan de liquidación. Aquí no hemos visto ningún plan de liquidación colgado que debería ser de obligado cumplimiento. Nosotros lo hacemos asi. Las dudas que surjan de dicha compraventa es labor de entidades especializadas. Esto no sabemos si lo harán los técnicos que operan con la citada plataforma de la que hoy hemos tenido conocimiento”.

Para Munné surgen muchos interrogantes “como se garantizará que esos bienes se cobran antes de retirar, que sucede si el licitador no paga si realmente pierde el depósito. Son muchas incógnitas que las entidades especializadas resolvemos a diario y que ellos creen con la Plataforma es suficiente para implementar el servicio. No sabemos como van a funcionar desde un punto de vista práctico

Falta una primera subasta

Por su parte, Jorge Fernández, abogado economista (ICAC1854)|Asesor de empresas  y  socio director de Maralta Abogacía,  explica que todavia no funciona realmente  “será una gran noticia cuando realice su primera venta. La plataforma es clave en el procedimiento especial de micropymes ubicado en el Libro IIi. Creemos que puede  garantizar  al acreedor sus derechos en una liquidación  sin administrador concursal  que se hace por el propio deudor”

Desde su punto de vista “es esencial que esta plataforma esté operativa lo antes posible. Es esencial para el procedimiento especial de micropymes que se realice lo antes posible esa primera venta, mientras no se realice tenemos en tela de juicio este procedimiento de microempresas que se basa en la transparencia para el acreedor ante la ausencia del administrador concursal”.

Este experto señala que la plataforma se ha interconectado con la otra de formularios. Se han volcado los formularios pero aún no esta en funcionamiento. Hay  que recordar “la Disposición Adicional Segunda de la ley 16/2022 de 5 de septiembre en su punto tres describe como va a funcionar. La plataforma además de ponerse en marcha debe realizar de forma periódica subastas. Ahora mismo estamos a la espera que se organice esa primera subasta”.

Jorge Fernandez Sanz, abogado y admnistrador concursal. (Foto: E&J)

Desde su punto de vista, “lo que hay en la plataforma es sencillo, tras leer los textos de la web y si pasas de una página a otra. La plataforma estaba abierta desde el 1 de enero pero no se habían volcado bienes. Ahora ya están con el volcado de los formularios de la otra plataforma. Estaremos pendientes de su funcionamiento”.

Respecto a la coexistencia de las plataformas, “será positiva, pese a que hay que interpretar el artículo ulo 708.3 de la Ley. En el futuro si el Ministerio pone en marcha el Libro III de microempresas que se está desplegando. Si lo consigue desplegar. será los jueces que lo estimen. Nunca se podrá prescindir de esta plataforma. Hay que darse cuenta que es la garantía del sistema”.

A su juicio “las entidades especializadas entrarán en operaciones que exijan un mantenimiento y operaciones especiales. Tendrá que haber una conexión previa de esas entidades especializadas con el propio Ministerio de Justicia. Pero la complementariedad lo que viene a decir es que las plataformas privadas harán aquello que las privadas no podrán hacer. Hoy las plataformas privadas son muy útiles para la venta de activos de los deudores”.

A medio plazo este jurista subraya que “hay una directiva  de armonización europea en su articulo 59 prevé que en el futuro estas plataformas se conecten a un sistema europeo de plataformas de  subastas financiado por el presupuesto de la UE a través del portal Ejustice. Este procedimiento  especial tiene dentro de tres años otra segunda parte en Europa. España siendo un banco de pruebas para su desarrollo en la UE a medio plazo”.

 El problema de la complementariedad

Enrique Diaz, director del área concursal de IAG Auction  “considera que aun está por implementar a fondo la PLABI “una visita a la web y se observa que está muy en pañales por el momento. Es previsible que arranque en septiembre pero desde luego tendrán que trabajar duro para que sea de utilidad en los procesos de liquidación de microempresas. Habrá que ver cómo funciona realmente para saber que problemas genera y cuáles son su valor añadido”.

La aparición de esta plataforma de liquidación viene avalada por la Ley 16/2022 Concursal que establece para las microempresas la creación de este tipo de plataformas exigía su existencia. Hay que darse cuenta  que en los concursos de acreedores como en las ejecuciones hipotecarias es un sistema paralelo al que ya existe. Actualmente, hay un portal de subastas en el BOE y hay empresas privadas que se dedican a las subastas”.

Enrique Diaz, director area Derecho Concursal de IAG Auction. (Foto: E&J)

De hecho “lo que hace el Ministerio para micropymes se replica el sistema y estará la plataforma publica que ahora ya esta operativa con las plataformas privadas que realizan una actividad similar. Llama la atención el desarrollo de esta plataforma cuando ya está operativa otra la comentada de Subastas BOE que está adscrita al Ministerio de Presidencia, con un funcionamiento mejorable, por cierto”.

Por el momento, se espera que en las próximas semanas esté operativa para que sea útil a compradores y deudores en la liquidación de activos “es importante que se cuelgue más información de tal forma que se puedan visualizar los activos que se van a vender. No se puede comprar a ciegas. Ahora han salido con esta web pero no está del todo preparada”.

A juicio de este experto, “no podemos olvidar que la ley 16/2022 cuando desarrolla este apartado dice que las liquidaciones de las micropymes se harán en dicha plataforma publica o complementariamente en las entidades privadas existentes. Hay que aclarar lo que es él termino complementario en esa relación entre las empresas privadas y esta plataforma publica que ahora esta operativa”.

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