Justicia impulsa una guía que insta a los juristas a escribir de forma comprensible
La Guía de redacción clara recuerda a los jueces que entre sujeto y predicado no se escribe coma
Documentación. (Foto: E&J)
Justicia impulsa una guía que insta a los juristas a escribir de forma comprensible
La Guía de redacción clara recuerda a los jueces que entre sujeto y predicado no se escribe coma
Documentación. (Foto: E&J)
No es ningún secreto que la lectura de un texto jurídico resulta compleja para una parte importante de la población. Con el objetivo de afrontar este problema, durante la sesión constitutiva de la Comisión para la claridad y modernización del lenguaje jurídico, celebrada esta semana, se ha presentado la Guía para de redacción clara. Se trata de un documento que invita a los juristas a pensar en los destinatarios de sus textos y a escribir de una forma sencilla y concisa que resulte fácil de comprender para el ciudadano.
La guía subraya la importancia del derecho de la ciudadanía a “comprender cabalmente y entender con facilidad qué se espera que se haga”. Para ello es esencial que providencias, autos, sentencias y otros escritos judiciales estén redactados de una forma “consustancial al estilo del SXXI”. Que la necesidad de precisión y rigor técnico no vayan en detrimento de la comprensión por parte del justiciable. El documento, creado por las profesoras de la Universitat de Barcelona, Estrella Montolío y María Ángeles García, se basa en un informe de recomendaciones que se elaboró en el año 2011.
En lo que respecta a la estructura de los textos, se sugiere que el documento distinga los bloques de información con claridad. Un “recurso eficaz que ayuda a estructurar y a distinguir bloques de información es el punto y aparte”, recuerdan a los juristas. “Cabe recordar que los inicios de párrafo son altamente relevantes para la transmisión del núcleo de la información”, apunta la guía. En este sentido, invitan a separar las ideas, a establecer enumeraciones, a usar las negritas y a no abusar de las mayúsculas o utilizarlas de manera inconsistente.
En el texto se llama a eliminar información innecesaria u obsoleta y se ejemplifica constantemente transcribiendo fragmentos de escritos judiciales que resultan difíciles de comprender y aportando la alternativa en un lenguaje fácilmente entendible por el grueso de los lectores. También se recomienda ubicar las referencias a textos legales al final de la frase o del párrafo para que no partan la idea.
“La falta de concordancia en género o en número entre el pronombre y la entidad a la que se refiere también es un foco frecuente de ambigüedad interpretativa”, se puede leer en un documento que invita a hacer un mejor uso de los pronombres y a no abusar del pronominal “mismo o misma”.
Aconsejan evitar construir oraciones de más de 40 palabras
Para facilitar la lectura y tener un mayor control de la oración es necesario evitar frases muy largas. Así, aconsejan evitar construir oraciones de más de 40 palabras y animan a usar más puntos y seguido. Exponen también la necesidad de reducir el uso del gerundio ilativo que implica alargar oraciones y recuerdan: el orden normal de una oración es sujeto, verbo y predicado. Y otra cuestión esencial: entre sujeto y predicado no va una coma. “La pasiva mixta, que caracteriza el estilo jurídico frente al español general, causa extrañeza a cualquier lector no jurista porque no se usa en la lengua cotidiana”, por lo que recomiendan evitar abusar de ellas.
La guía también llama a limitar el uso de las nominalizaciones. Así, en vez de “que pueda perjudicar el correcto desarrollo de la causa”, se puede utilizar “que el proceso se desarrolle correctamente”. También reconvienen a quienes escriben textos jurídicos por omitir los determinantes. Y ponen ejemplos: “Pudiendo dirigir escrito a este juzgado, así como apoderar abogado”, se debe sustituir por “podrá dirigir a este juzgado un escrito y apoderar a un abogado”.
Al lector también le genera extrañeza el uso excesivo e innecesario fórmulas impersonales, por lo que proponen utilizar la primera persona. De esta forma se cambiaría el “Incóese” por “Dispongo que se inicie” o el “se ha recibido en este juzgado” por “hemos recibido”.
Los creadores de este documento sugieren utilizar “tener que” en lugar de “deber” seguido de otro infinitivo, humanizar cuando sea posible (sustituyendo partes por personas en determinadas ocasiones) y dotar de amabilidad al texto con palabras cotidianas. En vez de “cuando exista una pluralidad de víctimas”, se puede escribir ”si hay más víctimas…”.
¿Por qué un texto jurídico debe sonar antiguo?, vienen a preguntarse. “El mantenimiento, normalmente por tradición, de estos formulismos ancla el lenguaje judicial en un conservadurismo innecesario” y anacrónico, con expresiones como “lo manda y firma, doy fe”. Abogan por optar por unas formas que confieran un tono menos distante y menos jerárquico o autoritario entre quienes administran justicia y las personas destinatarias. En este sentido, animan a sustituir don, y doña por señor o señora, salvo en el caso de magistrado o juez y LAJ. El futuro del subjuntivo agoniza y solo sobrevive en textos jurídicos , señalan. “Si se tratare”, por ejemplo. Se trata de una forma arcaica y reemplazable