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Justicia y las asociaciones de jueces sustitutos abren una vía de diálogo para abordar la situación de precariedad del colectivo

También analizan la sentencia del TJUE de los jueces italianos y su trasposición a nuestro ordenamiento, a la espera del nuevo CGPJ

Sede principal de Justicia, donde las asociaciones de jueces sustitutos presentaron sus reivindicaciones.(Imagen: Poder Judicial)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




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Justicia y las asociaciones de jueces sustitutos abren una vía de diálogo para abordar la situación de precariedad del colectivo

También analizan la sentencia del TJUE de los jueces italianos y su trasposición a nuestro ordenamiento, a la espera del nuevo CGPJ

Sede principal de Justicia, donde las asociaciones de jueces sustitutos presentaron sus reivindicaciones.(Imagen: Poder Judicial)



La reunión que tuvo lugar este pasado miércoles en la sede principal del Ministerio de Justicia contó con la participación de Manuel Olmedo, secretario de Estado, y Sofía Puente, secretaria general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia. Por parte de los jueces sustitutos, asistieron las magistradas Lydia Polo, presidenta de la Asociación Pro Dignidad de Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes, e Inmaculada Galán, presidenta de la Asociación de Jueces Concepción Arenal.

Uno de los temas centrales que se abordó en dicha reunión fue el impacto de la reciente sentencia del TJUE sobre jueces honorarios italianos, que señala que no hay razón objetiva para que estos profesionales estén en situación de fraude, atendiendo a cada llamamiento. Un fallo que podría ser extensible a los jueces y magistrados sustitutos españoles, en situación similar de plena disposición, con un gran régimen de incompatibilidades y con nombramientos sucesivos concatenados hasta 20 y 30 años.



Hay que indicar que el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el Asunto C-41/23 sobre magistrados y fiscales honorarios en Italia concluye que la normativa italiana infringe la Directiva 1999/70 al permitir el encadenamiento continuo de contratos temporales sin una sanción disuasoria efectiva para frenar este abuso.

Las sentencias del TJUE tienen un alcance europeo y son vinculantes para todos los países miembros de la Unión, que están obligados a acatarlas. En España, el colectivo de jueces sustitutos y magistrados suplentes ha estado enfrentando una situación de discriminación durante más de veinte años en comparación con los restantes jueces. A pesar de realizar el mismo trabajo y ejercer idéntica función jurisdiccional, estos jueces temporales enfrentan condiciones laborales menos favorables.



Desde el Ministerio de Justicia se explica a este medio que hay que analizar el fallo a fondo, aunque creen que no es aplicable a los jueces españoles. Sin embargo, las representantes de los jueces sustitutos defendieron la extensión de efectos del fallo judicial en la citada reunión.



Para las asociaciones presentes, se hace necesario, a la luz de la jurisprudencia del TJUE, un proceso de estabilización del colectivo para resolver su situación de precariedad y abuso de la temporalidad, como el Gobierno hizo con la Ley 20/21, de 28 de diciembre, para los profesionales en fraude de ley que hay en nuestro país.

Fuentes del Ministerio explicaron a Economist & Jurist que todas estas conversaciones deberán incluir al nuevo Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ya que no se puede abordar nada relacionado con el poder judicial sin tener en cuenta este órgano, que es el responsable del nombramiento de los jueces sustitutos, lo que lo convierte en un interlocutor imprescindible.

Para el Ministerio, es clave el nuevo CGPJ de cara a que se puedan estudiar las peticiones de los jueces sustitutos. (Imagen: Poder Judicial)

Bajas médicas que se pagarán

Respecto a la queja de estos profesionales sobre el impago de sus bajas médicas, pese a la sentencia de la Sala Tercera del Supremo que reconocía dicho cobro, el Ministerio reconoció que está ejecutando la sentencia y resolviendo problemas técnicos como la identificación de la fecha de alta. «Se pagarán todas», aseguraron desde el Ministerio.

Sobre la reunión, las representantes de las asociaciones de juezas sustitutas nos indican que el Ministerio de Justicia se comprometió a mantener una línea abierta de comunicación una vez se nombren a los nuevos miembros del Consejo General del Poder Judicial, para abordar, entre otras cuestiones, un plan de estabilización que regule su situación.

Los jueces sustitutos han ido ganando derechos en los tribunales ante la indiferencia de los poderes políticos en los últimos diez años. Pese a la falta de jueces en nuestro país y la formación de este millar de profesionales, ningún gobierno hasta la fecha ha atendido a las necesidades laborales y derechos asistenciales de estos profesionales.

Desde que en 2019, Pedro Sánchez se comprometiera con los jueces sustitutos a solucionar de forma definitiva su situación precaria dentro del poder judicial, si ganaban las elecciones, en un debate televisivo en La Sexta, han tenido que pasar cinco años para que, por fin, el Gobierno, a través del actual Ministerio de Justicia, comience a estudiar con las dos asociaciones judiciales de este colectivo el fin de esta anómala situación.

Con relación a las bajas médicas, manifiestan que el Ministerio ha anunciado que este mes abonará las percepciones íntegras a los jueces sustitutos en situación de incapacidad temporal, cumpliendo así con la sentencia del Tribunal Supremo y que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha regularizado los periodos de cotización afectados.

No obstante, este cumplimiento tardío solo ha llegado después de varios apercibimientos y reclamaciones desde la asesoría jurídica de estas asociaciones judiciales. Ahora, parece que el Ministerio se ha comprometido a regularizar automáticamente las situaciones de incapacidad temporal de los jueces sustitutos que se produzcan en el futuro, evitando así que tengan que recurrir a reclamaciones judiciales, como ha sucedido hasta ahora.

Para las asociaciones de jueces sustitutos, este compromiso, aunque positivo, debería haberse establecido mucho antes para evitar el sufrimiento innecesario de muchos profesionales.

Como ya expuso Economist & Jurist en varios reportajes, el colectivo de jueces sustitutos y magistrados suplentes, compuesto principalmente por mujeres con notable experiencia judicial, sigue luchando por salir de su precariedad laboral y por el reconocimiento de sus derechos laborales al mismo nivel que otros profesionales.

La sentencia del TJUE sobre jueces honorarios italianos puede ser clave en el futuro del millar de jueces sustitutos en España. (Imagen: TJUE)

Un colectivo maltratado

Según datos del CGPJ a fecha 1 de enero de 2024, suman un total de 913 jueces y magistrados sustitutos de los 5.416 que componen el Poder Judicial, un 16,85% de la judicatura, de los cuales el 74,2% son mujeres (677 mujeres y 236 hombres). Estos jueces firman la quinta parte de las resoluciones judiciales en la Unión Europea.

A pesar de su importancia, este colectivo ha sido largamente ignorado en la reforma que está impulsando el ministro Félix Bolaños. La reforma carece de medios humanos suficientes, y aunque jueces y fiscales han pedido mejoras en las plantillas debido a la elevada edad promedio y las próximas jubilaciones, nadie se acuerda de los jueces sustitutos. Estos profesionales están preparados para cualquier reto, pero siguen sin un plan de estabilización como el que se ha implementado para otros profesionales interinos bajo la Ley 20/2021.

En esta coyuntura, el colectivo de estos profesionales cree que, con esta sentencia europea del TJUE, ya no hay excusa para que los tribunales españoles, si tienen dudas sobre cómo implementar este fallo de los jueces italianos en el colectivo de jueces sustitutos españoles, acudan al Tribunal de Luxemburgo interponiendo una cuestión prejudicial correspondiente. Hasta el momento, ningún juez de lo contencioso ha tenido en cuenta esa opción, posibilidad ahora factible tras conocer el alcance de esta sentencia.

Desde las asociaciones indican que la normativa nacional incumple no solo la Directiva 2003/88, que define el tiempo de trabajo por el grado de dependencia con el empleador, sino también la Directiva 2019/1152, que trata sobre la previsibilidad, el derecho a información y a formación. Asimismo, la normativa incumple las Directivas 79/7 y 2006/54, que prohíben la discriminación indirecta, señalando que cualquier norma desfavorable para un trabajador mayoritariamente femenino es discriminatoria y proscrita por las normas comunitarias.

Agustín Azparren, representante de la Asociación Pro Dignidad de Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes, exfiscal, exmagistrado y vocal del CGPJ, critica que el sistema judicial español es incluso más abusivo que el italiano en relación con los jueces sustitutos, pues estos ejercen funciones idénticas a las de los jueces de carrera. «La sentencia del TJUE es vinculante para los jueces españoles, y la jurisprudencia debería cambiar a la luz de esta», comenta, para añadir después que «el déficit estructural de la judicatura española no debe cubrirse abusando de la temporalidad de los jueces sustitutos».

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