Connect with us
Actualidad

La AN confirma multas por un total de 28 millones de euros a cinco empresas por el cártel de la leche

Ordena recalcular las impuestas a otras cuatro por periodos prescritos, mientras que otra la anula por falta de motivación

Explotación ganadera de bovino. (Imagen: Xunta de Galicia)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 2 min

Publicado




Actualidad

La AN confirma multas por un total de 28 millones de euros a cinco empresas por el cártel de la leche

Ordena recalcular las impuestas a otras cuatro por periodos prescritos, mientras que otra la anula por falta de motivación

Explotación ganadera de bovino. (Imagen: Xunta de Galicia)



La Audiencia Nacional (AN) ha confirmado la resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que en julio de 2019 concluyó que ocho empresas lácteas y dos asociaciones formaron un cártel cuya conducta ilícita consistía en intercambiar información comercial sensible para coordinar la compra de leche entre 2000 y 2013.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Sexta) ha desestimado los recursos interpuestos por cinco de estas empresas y ha confirmado la multa de 8,5 millones de euros impuesta a Calidad Pascual; de 53.310 euros a Central Lechera Galicia; de 11,6 millones al Grupo Lactalis Iberia; de 6,8 millones a Nestlé y de 929.644 euros a Schreiber Food España.



Sin embargo, ha estimado parcialmente los recursos de las otras cuatro empresas, Comercial Alimentaria Peñasanta, Danone, Industrias Lácteas Granada (Puleva), y la Asociación de Empresas Lácteas de Galicia (Aelga). En el caso de las tres primeras, al entender que algunos de los periodos investigados están prescritos, por lo que ordena a la CNMC que vuelva a calcular. En cuanto a la Asociación de Empresas lácteas de Galicia confirma que participó en el cártel, pero anula la multa por falta de motivación.

Las sanciones son por infracción muy grave del artículo 1 de la Ley 15/2007 y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la UE en materia de competencia cometida por las empresas investigadas entre los años 2000 y 2013. El total de las multas de la CNMC se elevaba a 80,6 millones de euros.

La AN considera acreditada la existencia de intercambios de información sobre precios y otras condiciones comerciales entre empresas competidoras del sector lácteo, contactos sobre precios y otras condiciones comerciales por parte de estas mercantiles relevantes en el sector lácteo, a través de las dos asociaciones investigadas, las más representativas del sector.



También los contactos sobre ganaderos con el fin de informar o acordar estrategias, así como los intercambios de información sobre excedentes de leche para la gestión de los mismos.

Los magistrados explican que la prueba analizada pone de manifiesto que a lo largo del periodo infractor, las empresas, mediante el intercambio de información, redujeron el nivel de incertidumbre entre ellas, con la consiguiente disminución de la competencia y del poder de negociación de los ganaderos, con el fin de controlar el mercado de aprovisionamiento de leche cruda de vaca, lo que configura la infracción única y continuada, al margen de que no todas las empresas hayan participado en todas las conductas.

La AN analiza las actuaciones atribuidas a cada una de las empresas y concluye que se ha acreditado un cártel configurado como una infracción única y continuada que englobaría prácticas de intercambio de información comercial sensible que podrían haberse materializado en determinados momentos en acuerdos de fijación de precios y reparto de mercado.

En relación con las multas confirmadas, rechaza el argumento de los recurrentes de que son arbitrarias. La Audiencia Nacional subraya que están motivadas  y no resultan desproporcionadas, ya que están por debajo de la media del tipo sancionador máximo, con un porcentaje que se ajusta a las circunstancias particulares de los intervinientes.

Las sentencias, dictadas a 12, 13 y 14 de febrero, todavía no son firmes. Contra las mismas cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Click para comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *