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La AN reconoce el derecho del trabajador a disfrutar como mejor le convenga de los cinco días retribuidos para cuidar familiares enfermos

No es obligatorio disfrutar el permiso desde el inicio de la enfermedad y sin posibilidad de hacer turnos, como defienden los sindicatos frente a la empresa RACE

(Imagen: E&J)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 3 min



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La AN reconoce el derecho del trabajador a disfrutar como mejor le convenga de los cinco días retribuidos para cuidar familiares enfermos

No es obligatorio disfrutar el permiso desde el inicio de la enfermedad y sin posibilidad de hacer turnos, como defienden los sindicatos frente a la empresa RACE

(Imagen: E&J)

Los trabajadores tienen derecho a disfrutar como mejor les convenga los cinco días retribuidos para el cuidado de familiares por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica, aunque no requiera hospitalización. Así lo ha dictaminado la Audiencia Nacional (AN) en una reciente sentencia.

En ella, la Sala de lo Social ha dado la razón al sindicato CSIF y a otras organizaciones frente a la empresa RACE, cuya actividad principal es de atención en carretera. Los sindicatos, en representación de toda la plantilla, denunciaban que esta empresa «realiza una interpretación restrictiva e injustificada de estos permisos exigiendo que se disfruten desde la fecha de la hospitalización y de forma consecutiva».



La AN destaca que este permiso tiene sentido cuando sirve para atender a la causa que lo permite. Así, si el día en que se produce la enfermedad o el ingreso en el hospital cae en fin de semana o festivo, lo razonable es que los permisos puedan iniciarse el siguiente día laborable.

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