La Audiencia Nacional declara nula e ilegal la doble escala salarial de Iberdrola
La empresa tendrá aplicar la tabla superior a cerca de 1.400 trabajadores, el 15,5% de la plantilla

A juicio de CCOO, los efectos de la sentencia, una vez firme, se retrotraen a la fecha de firma del XVIII convenio, "por lo que los atrasos hay que pagarlos desde 2021". (Imagen: Iberdrola)
La Audiencia Nacional declara nula e ilegal la doble escala salarial de Iberdrola
La empresa tendrá aplicar la tabla superior a cerca de 1.400 trabajadores, el 15,5% de la plantilla

A juicio de CCOO, los efectos de la sentencia, una vez firme, se retrotraen a la fecha de firma del XVIII convenio, "por lo que los atrasos hay que pagarlos desde 2021". (Imagen: Iberdrola)
La Audiencia Nacional (AN) ha declarado nula e ilegal la doble escala salarial de Iberdrola, que al personal contratado a partir de 2021 le aplica una tabla salarial inferior en un 10% a la de los trabajadores más antiguos.
CCOO, a través del abogado Eduardo Cohnen Torres, y UGT, con el letrado Enrique Lorenzo Pardo, presentaron una demanda el pasado mes de noviembre, a la que se adhirieron CGT y ELA, en la que argumentaban que la doble escala salarial suponía «una disparidad retributiva injustificada y perpetua» fijada para los trabajadores, aunque tuvieran el mismo rango y ámbito de aplicación, simplemente justificada por su fecha de ingreso en la empresa.
Finalmente, la Sala de lo Social ha dictaminado, en una sentencia dictada el pasado 28 de febrero (25/2024), que queda acreditada la existencia de una doble escala salarial ilegal, por no encontrarse justificada y proyectar «hacia el futuro estableciendo dos escalas salariales», cuya justificación no le parece «razonable». La resolución todavía no es firme, ya que contra la misma cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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