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La caída de una empleada del hogar por culpa de una barandilla defectuosa no es responsabilidad de los propietarios

La Justicia ha considerado que el accidente se produjo debido a una "circunstancia absolutamente fortuita"

Una mujer limpia la barandilla de una escalera (Imagen: E&J)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 4 min



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La caída de una empleada del hogar por culpa de una barandilla defectuosa no es responsabilidad de los propietarios

La Justicia ha considerado que el accidente se produjo debido a una "circunstancia absolutamente fortuita"

Una mujer limpia la barandilla de una escalera (Imagen: E&J)



La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha decretado que los accidentes que pueda tener una empleada del hogar en la casa de un particular no son responsabilidad del dueño de la vivienda, sino tan solo de la limpiadora; eso sí, siempre y cuando el trabajo se realice en las «debidas condiciones de seguridad e higiene» y aunque la empleada no esté dada de alta en la Seguridad Social.

Tal veredicto tiene su origen en un caso acaecido en 2020, en Villaviciosa de Odón. Aquél año, mientras la limpiadora de un inmueble realizaba su trabajo, sufrió una caída de cuatro metros que le provocaron varias contusiones y fracturas, entre ellas un politraumatismo y la rotura de tres costillas. El motivo: al romperse el barrote horizontal inferior de la barandilla ubicada en el primer piso —colindante con las escaleras— la mujer se precipitó al vacío. Como consecuencia, tuvo que ser intervenida en el hospital.



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