La empresa no está obligada a conceder la jubilación parcial a un trabajador aunque cumpla los requisitos legales
Para ello debe haber una obligación expresa recogida en el convenio colectivo aplicable

(Imagen: E&J)
La empresa no está obligada a conceder la jubilación parcial a un trabajador aunque cumpla los requisitos legales
Para ello debe haber una obligación expresa recogida en el convenio colectivo aplicable

(Imagen: E&J)
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha aclarado que las empresas no tienen por qué aceptar la solicitud de jubilación parcial de sus trabajadores aunque éstos cumplan todos los requisitos legales, salvo que exista un acuerdo entre ambas partes o una obligación expresa recogida en el convenio colectivo aplicable. Así lo ha establecido en una reciente sentencia dictada el pasado 8 de abril y que ha revocado los fallos de instancia.
El pronunciamiento del Tribunal responde al recurso presentado por una empresa que se opuso a la solicitud de jubilación parcial planteada por uno de sus empleados. Aunque el trabajador cumplía con la edad y los requisitos establecidos por la legislación laboral y de la Seguridad Social, la empresa negó su petición alegando que no estaba obligada a aceptar dicha modalidad de jubilación ni a firmar el correspondiente contrato de relevo.
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