La exención del perfil lingüístico a los funcionarios de carrera mayores de 45 años es trasladable a los interinos
"Que en la normativa se mencione expresamente a los funcionarios titulares no significa que los temporales se encuentren excluidos", indica el Supremo
(Foto: Wikipedia)
La exención del perfil lingüístico a los funcionarios de carrera mayores de 45 años es trasladable a los interinos
"Que en la normativa se mencione expresamente a los funcionarios titulares no significa que los temporales se encuentren excluidos", indica el Supremo
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado la sentencia de un juzgado de Vitoria-Gasteiz que anuló el cese de una trabajadora interina del Ayuntamiento de Laudio-Llodio al considerar que fue discriminatorio por no aplicarle la exoneración del perfil lingüístico que se prevé en el Decreto autonómico 86/1997 para los funcionarios de carrera mayores de 45 años.
El alto tribunal ha rechazado el recurso interpuesto por el consistorio alavés contra la sentencia dictada el 30 de diciembre de 2021 por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 de Vitoria-Gasteiz y ha estimado que la exención del perfil lingüístico a los funcionarios de carrera mayores de 45 años previsto en la norma es trasladable a los interinos.
En su resolución, fechada el 2 de noviembre, la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJPV analiza la normativa y concluye que en el supuesto de la exención por edad no se exige más requisito que el de contar con más de 45 años.
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