Connect with us
Actualidad

La indemnización diaria por sufrir prisión preventiva siendo inocente decrece con el paso del tiempo

Las compensaciones diarias medias que se conceden actualmente son un 87% inferiores a las que se concedían hace dos décadas

(Foto: E&J)

Pablo Montes

Periodista




Tiempo de lectura: 2 min

Publicado




Actualidad

La indemnización diaria por sufrir prisión preventiva siendo inocente decrece con el paso del tiempo

Las compensaciones diarias medias que se conceden actualmente son un 87% inferiores a las que se concedían hace dos décadas

(Foto: E&J)



Cuanto más tiempo se pasa privado de libertad de manera preventiva, la compensación diaria, en caso de ser inocente, es menor. Un aumento de un 1% en el número de días de prisión preventiva implica una reducción del 0,15% en la compensación diaria recibida. Esto sugiere que el daño marginal que ocasiona un día adicional de prisión es decreciente, lo que es contrario a la doctrina del Tribunal Supremo, que indica que, a más días privado de libertad injustamente, debe de aumentar la compensación y a una tasa creciente.

Según un artículo publicado por los profesores Gabriel Doménech, de la Universidad de Valencia y Juan Luis Jiménez, de la Universidad de Las Palmas, que han analizado las compensaciones que la Administración concede a quienes sufrieron prisión provisional no seguida de condena desde 1990 hasta hoy, las compensaciones diarias medias que se conceden hoy por hoy son un 87% inferiores  a las que se concedían hace dos décadas.



La indemnización mediana ha pasado, tras diferentes cambios jurisprudenciales, de 210 euros por día a 161 y ha llegado hasta los 24 que se cobran actualmente. Se pueden apreciar diferencias en las cuantías dependiendo del periodo en el que se concedió la indemnización, la duración de la prisión, si el acusado tiene hijos, si son menores o si se acreditaron daños psicológicos por la prisión.

En este sentido, los autores destaca que quienes estuvieron acusados de delitos contra la libertad sexual obtienen mayores compensaciones diarias que los acusados de tráfico de drogas. También que la cantidad que reciben los empleados es un 38% superior a la de quienes no acreditan ningún empleo. Las profesiones de los detenidos se ven perjudicadas en un 32% de los casos. Además, los empleados públicos cobran más; los policías (todos los cuerpos), concretamente, un 171% más. Una compensación diaria que asciende a los 780 euros, a pesar de que siguen cobrando parte de su sueldo aunque permanezcan en prisión preventiva.  El género del acusado y del juez ponente no afectan a la compensación

Los criterios de concesión han cambiado a lo largo de las últimas décadas. En este estudio se analizan tres periodos. Desde 1990 a 2010, el artículo 294 de la LOPJ disponía que tendrían derecho a indemnización aquellos que fuesen absueltos por la inexistencia del hecho imputado o cuando se probase que ellos no lo habían cometido, pero no cuando no se hubiese podido probar la culpabilidad. Esto es, no se concedía indemnización cuando las personas hubiesen sido absueltas en virtud principio de presunción inocencia.



En un segundo momento, desde 2010 a 2019, se aplicó la interpretación del TEDH que declaró que diferenciar entre grados de certeza respecto a la no culpabilidad vulneraba la presunción de inocencia y suponía una discriminación injustificada. Así que se acabó aplicando una regla más restrictiva. El Estado solo respondía si los detenidos habían sido absueltos del delito imputado por inexistencia del delito. Finalmente, desde 2019 a 2023, el Tribunal Constitucional forzó un cambio en la jurisprudencia del Supremo, estableciendo que tiene derecho a indemnización cualquier persona que haya sufrido prisión preventiva no seguida de condena, todos los preventivos absueltos.

La prisión preventiva se acuerda, durante la instrucción, cuando el delito tiene la suficiente entidad y el juez aprecia que existe riesgo de fuga, destrucción de pruebas o reiteración delictiva. Los autores de este estudio han analizado un total de 333 sentencias para identificar las dinámicas principales que de ellas se desprenden.

Click para comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *