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La isla de Mallorca establece autorizaciones de alquiler de vehículos con conductor

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La isla de Mallorca establece autorizaciones de alquiler de vehículos con conductor



Redacción Editorial

Manuel Rodríguez Domínguez



 

Este decreto tiene por objeto crear, regular y establecer el régimen general de las autorizaciones de alquiler de vehículos con conductor de ámbito insular y carácter temporal en la isla de Mallorca.

Esta actividad esta regida por  la Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears, modificada por el Decreto-ley 2/2017, de 26 de mayo, de medidas urgentes en materia de transportes terrestres; por la Ley 6/2018, de 22 de junio, por la que se modifican varias normas del ordenamiento jurídico de las Illes Balears en materia de turismo, de función pública, presupuestaria, de personal, de urbanismo, de ordenación farmacéutica, de transportes, de residuos y de régimen local, y se autoriza al Gobierno de las Illes Balears para aprobar determinados textos refundidos; y por el Decreto-ley 1/2019, de 22 de febrero, de medidas urgentes sobre la explotación y el control de la actividad de alquiler de vehículos con conductor y otras medidas en materia de transportes terrestres.



El motivo de esta regulación es básicamente resolver los problemas de la carencia de oferta de transporte discrecional de alquiler de vehículos con conductor en las temporadas de verano, en que se incrementa exponencialmente la demanda de estos servicios; y, al mismo tiempo, se considera oportuno proveer de una oferta legal este sector, dado que en plena temporada de verano aumenta la oferta ilegal para cubrir la demanda existente, a la que no pueden dar respuesta las empresas legalmente autorizadas.

Dada la experiencia de los últimos años, el Gobierno de las Illes Balears considera que la isla de Mallorca necesita, para los meses de verano, la incorporación de autorizaciones de alquiler con conductor de ámbito insular y carácter temporal para paliar la demanda existente.

Este decreto determina los requisitos que deberán reunir las personas solicitantes de las autorizaciones, las características de los vehículos destinados a la actividad, el régimen de prestación del servicio y el régimen sancionador. También establece un baremo y fija los criterios que se deberán tener en cuenta para adjudicar estas autorizaciones, que ponen de manifiesto que, en caso de que el número de solicitudes sea superior al de autorizaciones que se otorgarán, las mismas se valorarán de acuerdo con los principios de medio ambiente, necesidad y proporcionalidad.

Fuente institucional

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