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Actualidad

La Justicia anula la suspensión de un mes a una abogada que se había colegiado en Madrid y tenía el despacho en Vigo

Le fue impuesta por el ICAVigo por una infracción grave del artículo 85.a) del EGAE, y la CNMC la recurrió ante la Audiencia Nacional 

(Imagen: Archivo)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 6 min



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La Justicia anula la suspensión de un mes a una abogada que se había colegiado en Madrid y tenía el despacho en Vigo

Le fue impuesta por el ICAVigo por una infracción grave del artículo 85.a) del EGAE, y la CNMC la recurrió ante la Audiencia Nacional 

(Imagen: Archivo)



La Audiencia Nacional (AN) ha estimado el recurso de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) contra la sanción de suspensión de un mes de ejercicio en la abogacía impuesta por el Colegio de Abogados de Vigo (ICAVigo) a una letrada por estar colegiada en otro Colegio (Madrid) distinto al lugar donde tiene abierto su despacho profesional (Vigo).

Esta letrada se colegió como abogada en ejercicio en el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM)en 1990, Colegio en el que continúa de alta como no residente, sin contar en la actualidad con despacho abierto en dicho territorio. Posteriormente, y en fecha que no consta, trasladó su domicilio profesional a Vigo (Pontevedra), pese a lo cual no se dio de alta en el Colegio de Abogados de esa ciudad.



Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Vigo de 23 de octubre de 2018 se incoó procedimiento disciplinario frente a esta letrada y el 5 de marzo de 2019 dictó la resolución sancionadora en la que se afirma que la letrada «incumplió su deber de colegiación en el lugar donde se encuentra su establecimiento único o principal», y le imputó una infracción grave del artículo 85.a) de los Estatutos Generales de la Abogacía Española (EGAE).

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