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La Justicia ratifica la absolución de un hombre acusado de falsificar una factura de fisioterapia de casi 2.000 euros tras un accidente de tráfico

La sentencia confirma que no se pudo demostrar la falsificación ni la utilización fraudulenta del documento en un proceso judicial

(Imagen: E&J)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 4 min



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La Justicia ratifica la absolución de un hombre acusado de falsificar una factura de fisioterapia de casi 2.000 euros tras un accidente de tráfico

La sentencia confirma que no se pudo demostrar la falsificación ni la utilización fraudulenta del documento en un proceso judicial

(Imagen: E&J)



El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Asturias ha emitido una sentencia que confirma la absolución de un hombre acusado de falsedad en documento privado y tentativa de estafa procesal, vinculada a la supuesta falsificación de una factura de 1.980 euros correspondiente a un tratamiento de fisioterapia. Esta decisión refuerza el fallo previo dictado por la Audiencia Provincial de Oviedo el 15 de diciembre de 2023.

El origen del caso (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’) se remonta a un accidente de tráfico en el que el demandado resultó gravemente lesionado, lo que le llevó a necesitar 66 sesiones de fisioterapia en una clínica ubicada en Oviedo. Este tratamiento, destinado a la recuperación de las secuelas físicas del accidente, generó un coste total de 1.980 euros, una suma que la clínica intentó recuperar tras no recibir el pago correspondiente por parte del paciente.



Ante la falta de constancia del abono de la factura, la propietaria de la clínica decidió emprender acciones legales contra el paciente, reclamando el pago de los servicios prestados. En respuesta, el acusado presentó una factura emitida por la clínica en la que se indicaba que el importe había sido ya cobrado. Sin embargo, la autenticidad de este documento fue inmediatamente cuestionada por la propietaria, quien alegó que la factura era falsa y que había sido utilizada con la intención de evitar el pago, lo que dio lugar a las acusaciones de falsedad documental y estafa procesal.

El hombre fue acusado de falsificar la factura

Durante el proceso judicial en la Audiencia Provincial de Oviedo, la parte acusadora, representada por la clínica de fisioterapia Asturfisio 1.0 S.L., sostuvo que el acusado había falsificado la factura con el fin de presentarla en un procedimiento monitorio iniciado por la clínica para reclamar la deuda. Argumentaron que, dado que la factura no había sido generada por los procedimientos habituales de la clínica, era evidente que el documento había sido manipulado para simular un pago que nunca se realizó.



La defensa del acusado, por su parte, argumentó que no existían pruebas concluyentes que vincularan al demandado con la falsificación del documento. Además, señalaron que la factura fue emitida por la clínica, y que el acusado la presentó en el juicio monitorio en la creencia de que era auténtica. Insistieron en que no había ninguna evidencia que demostrara que el acusado sabía que la factura podía ser falsa al presentarla como prueba de pago.



(Imagen: E&J)

En relación con esto, el 15 de diciembre de 2023 la Audiencia Provincial de Oviedo emitió una sentencia absolutoria, basándose en la falta de pruebas suficientes para condenar al acusado. El tribunal consideró que no se había demostrado que el hombre hubiera confeccionado la factura ni que la hubiera utilizado con conocimiento de su falsedad. La Audiencia subrayó que, en ausencia de pruebas contundentes que acreditaran la falsificación intencionada del documento, no se podía dictar una sentencia condenatoria.

El fallo de la Audiencia provocó una inmediata reacción por parte de la clínica Asturfisio 1.0 S.L., que decidió apelar la decisión ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, argumentando que la sentencia contenía un error en la valoración de las pruebas y que la interpretación de los hechos por parte de la Audiencia había sido incorrecta.

La apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias

En la apelación, la representación legal de la clínica argumentó que el fallo de la Audiencia Provincial había incurrido en un error al no considerar suficientemente probados los elementos que, a su juicio, demostraban la falsedad de la factura. Plantearon que el hecho de que el acusado fuera el único beneficiario de la supuesta falsificación y la presentación del documento en el juicio monitorio debían ser suficientes para dictar una condena.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias rechazó estos argumentos y ratificó la absolución del acusado. En su sentencia, los magistrados del TSJ destacaron que no se había aportado ninguna prueba que demostrara de manera inequívoca que el acusado había confeccionado la factura o que sabía que era falsa al presentarla en el proceso judicial. Además, subrayaron que el órgano de apelación no puede revocar una sentencia absolutoria basándose únicamente en una supuesta incorrecta valoración de las pruebas, a menos que se justifique de manera clara y contundente que la sentencia original incurre en un error manifiesto o en alguna de las infracciones previstas por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

El TSJ de Asturias explicó en su resolución que, para que una apelación contra una sentencia absolutoria prospere, es necesario demostrar que el tribunal de primera instancia ha incurrido en un error claro y manifiesto en la valoración de la prueba, o que ha ignorado algún elemento probatorio esencial que pudiera haber cambiado el resultado del juicio. En este caso, según los magistrados, la Audiencia Provincial de Oviedo realizó una valoración adecuada de las pruebas, respetando los principios de lógica y razonabilidad, y no se apartó de las máximas de experiencia comúnmente aceptadas.

El tribunal enfatizó que «no cabe que el órgano de apelación revoque un fallo absolutorio por error en la valoración de la prueba tornándolo en otro de signo condenatorio». Los magistrados explicaron que, en el marco legal español, las sentencias absolutorias son especialmente protegidas, y que la única opción para las partes que consideren que una sentencia de este tipo es incorrecta es solicitar su nulidad, siempre y cuando se justifique que la misma incurre en un error grave en la apreciación de los hechos o en la aplicación del derecho.

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