La justicia reconoce a una mujer como copropietaria de viviendas adquiridas por su expareja sentimental
Un pacto privado y una relación de convivencia estable pueden sustentar la voluntad de constituir una comunidad de bienes
Audiencia Provincial de Madrid. (Foto: Archivo)
La justicia reconoce a una mujer como copropietaria de viviendas adquiridas por su expareja sentimental
Un pacto privado y una relación de convivencia estable pueden sustentar la voluntad de constituir una comunidad de bienes
Audiencia Provincial de Madrid. (Foto: Archivo)
La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado parcialmente la demanda de una mujer, declarando que le corresponde la mitad de las propiedades adquiridas por su pareja, aunque no estuvieran vinculados matrimonialmente. Un documento particular y la relación de convivencia estable mantenida por ambas partes han sido suficientes para entender que existía la voluntad de crear una comunidad de bienes.
Con este fallo, el tribunal revoca la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Móstoles, que había desestimado la demanda. Recuerdan los magistrados que, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, no existe una relación de analogía entre el matrimonio y la pareja de hecho y que “que las uniones «more uxorio», cada vez más numerosas, constituyen una realidad social, que,
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