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Actualidad

Las claves de la sentencia del Supremo que unifica doctrina sobre el ‘stealthing’ y declara que es una agresión sexual

El Alto Tribunal ha dictaminado que es delito quitarse el preservativo sin consentimiento durante las relaciones sexuales 

(Imagen: E&J)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 9 min



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Las claves de la sentencia del Supremo que unifica doctrina sobre el ‘stealthing’ y declara que es una agresión sexual

El Alto Tribunal ha dictaminado que es delito quitarse el preservativo sin consentimiento durante las relaciones sexuales 

(Imagen: E&J)



El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha declarado en una reciente sentencia que la práctica del stealthing, consistente en simular el uso de preservativo durante la relación sexual o la retirada del mismo sin comunicarlo, es un delito de agresión sexual. 

Así, lo concluye por unanimidad en la resolución 603/2024, de 15 de junio, en la que unifica doctrina, ya que hasta ahora había disparidad de criterio en los tribunales. Sin embargo, respecto a la pena a imponer, cinco de sus 15 magistrados –Andrés Martínez Arrieta, Andrés Palomo Del Arco, Ana María Ferrer García, Susana Polo García y Javier Hernández García– han formulado un voto particular, porque entienden que ha de imponerse la pena propia de una penetración sin consentimiento.



En el caso analizado, el condenado y la víctima habían quedado, como en otras ocasiones, «con el solo propósito de mantener relaciones sexuales, sin que pueda afirmarse que entre ellos existiera otro tipo de relación afectiva». En un nuevo encuentro, que tuvo lugar en las primeras horas del 22 de julio de 2017, en el interior de un turismo, estacionado en un descampado, él avisó a la mujer antes de la relación sexual de que se estaba tratando por una enfermedad de transmisión sexual, aunque sin llegar a indicarle el concreto diagnóstico. 

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