Las pausas del teletrabajo por cortes de luz o caídas de internet no se pueden recuperar ni descontar del sueldo
La Audiencia Nacional también obliga a la empresa a registrar las pausas para acudir al aseo de forma separada del resto de descansos

Teletrabajo (Imagen: E&J)
Las pausas del teletrabajo por cortes de luz o caídas de internet no se pueden recuperar ni descontar del sueldo
La Audiencia Nacional también obliga a la empresa a registrar las pausas para acudir al aseo de forma separada del resto de descansos

Teletrabajo (Imagen: E&J)
La empresa no puede reducir el salario ni obligar al teletrabajador a recuperar el tiempo perdido por las horas no trabajadas debido a un corte del suministro eléctrico. Lo determina el Tribunal Supremo en una sentencia en la que rechaza el recurso de casación interpuesto por una empresa contra una resolución de la Audiencia Nacional que también falló que la empresa está obligada a registrar las pausas en la actividad del trabajador remoto para acudir al aseo de forma separada del resto de descansos contemplados en el convenio colectivo de Contact Center.
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