De la inadecuación del artículo 21.5 de la Ley de Propiedad Horizontal a la Constitución y al Derecho de la Unión Europea
Lo establecido en este artículo, en reclamaciones y ejecuciones iniciadas a través del proceso monitorio de cuantía inferior a 2.000 euros, recoge una discriminación injustificada, a favor de la Comunidad y en perjuicio del propietario
(Foto: E&J)
De la inadecuación del artículo 21.5 de la Ley de Propiedad Horizontal a la Constitución y al Derecho de la Unión Europea
Lo establecido en este artículo, en reclamaciones y ejecuciones iniciadas a través del proceso monitorio de cuantía inferior a 2.000 euros, recoge una discriminación injustificada, a favor de la Comunidad y en perjuicio del propietario
(Foto: E&J)
Con los parámetros occidentales actuales, la calidad de una sociedad está en función de la calidad de su democracia, hoy representativa, y la de esta, de la calidad de sus leyes. Corresponde a todos pensar estas leyes y, nos corresponde a los profesionales del derecho plantear su mejora.
I.- Antecedentes
Conflicto en Comunidad de propietarios en 2018. La empresa suministradora de agua factura trimestralmente a la Comunidad el consumo con base en la diferencia de lecturas sucesivas del contador; la Comunidad por el consumo de agua gira trimestralmente recibo al propietario de un local de negocio, el agua consumida en el local pasa primero por el contador de la Comunidad y después por un contador específico.
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