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Legislación

Jesús Odériz, abogado de familia: “Los padres que acuden a la gestación subrogada desean formar una familia”

El letrado explica en ‘E&J’ la realidad jurídica de esta práctica en España

Jesús Odériz Echevarría, abogado en derecho de familia y socio fundador del despacho Odériz Echeverría Abogados. (Imagen: Jesús Odériz)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 2 min

Publicado




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Jesús Odériz, abogado de familia: “Los padres que acuden a la gestación subrogada desean formar una familia”

El letrado explica en ‘E&J’ la realidad jurídica de esta práctica en España

Jesús Odériz Echevarría, abogado en derecho de familia y socio fundador del despacho Odériz Echeverría Abogados. (Imagen: Jesús Odériz)



La legislación española no permite llevar a cabo en nuestro país procesos de gestación subrogada, sin embargo, muchos padres que desean poder hijos y que por condiciones biológicas no les es posible tenerlos de forma natural ni por fecundación in vitro, toman la decisión de viajar al extranjero para llevar a cabo esta práctica de reproducción.

Una vez conseguido su objetivo, tener un hijo, regresan a España con el bebé. En este momento es cuando se encuentran con un problema: la filiación del menor en el Registro Civil español.



Jesús Odériz Echevarría, abogado y socio fundador del despacho Odériz Echevarría Abogados, ha explicado en webinar de Economist & Jurist la realidad jurídica de la gestación subrogada en España, una realidad compleja cuando los padres quieren legalizar e inscribir al menor.

El experto en derecho de familia afirma en el webinar, el cual ya está disponible en la hemeroteca del medio, que aunque en España esta práctica es ilegal y se tiene un pensamiento negativo de ella, “los padres que acuden a la gestación subrogada lo único que desean es formar una familia”.

(Imagen: E&J)



Los tribunales no deben valorar la moralidad de esta práctica

Odériz ha explicado la importancia de que los estados miembros del Consejo de Europa desarrollen un convenio colectivo que permita regular esta práctica con el objetivo de proteger el interés de los menores, ya que en nuestro país “no nos encontramos con una solución definitiva sobre la gestación subrogada y no la habrá hasta que se firme un convenio internacional que permita a los padres, tribunales, y a todos los agentes que intervienen cómo actuar”, pues cada país tiene una normativa interna al respecto.

El abogado aclara que el Tribunal Supremo admite la prueba biológica y el expediente de adopción como procedimientos viables para reconocer la filiación de los bebés concebidos a través de los procesos de gestación subrogada; aunque por otro lado el Tribunal rechaza la filiación cuando se presenta el documento de registro civil extranjero del menor en el país nacido.

Por otra parte, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos estableció que el interés superior del menor está por encima de los deseos de los padres, doctrina que también comparte nuestro Alto Tribunal, a pesar de que el Supremo calificó en una sentencia el proceso de la gestación subrogada contra la dignidad humana.

El experto en derecho de familia ha afirmado, respecto a esa calificación que hizo el Tribunal español, que “el Supremo debe limitarse a fallar si es procedente o no reconocer la filiación. Es impropio que haga una valoración sobre la gestación subrogada”.

Además, Odériz ha querido hacer hincapié en una práctica que últimamente los juzgados españoles están llevando a cabo para desestimar demandas de reconocimiento de filiación a raíz de un proceso de gestación subrogada: “Destacan la ilegalidad e inmoralidad de esta práctica, sin valorar si los padres demandantes cumplen o han aportado todos los documentos necesarios para que la Justicia española les reconozca la filiación del menor. Por suerte, las audiencias provinciales han tumbado estos fallos de primera instancia”.