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Legislación

La Ley de Vivienda desampara a los propietarios de los bienes inmuebles

La norma introduce importantes modificaciones en el mercado inmobiliario

(Foto: E&J)

Cristina Prado Benéitez

Asesora jurídica en Sagasta 21 Abogados. Especialista en Gaming, eSports y Deporte Ecuestre.




Tiempo de lectura: 2 min

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Legislación

La Ley de Vivienda desampara a los propietarios de los bienes inmuebles

La norma introduce importantes modificaciones en el mercado inmobiliario

(Foto: E&J)



Nos encontramos a la espera de que entre en vigor la nueva Ley de Vivienda, la cual limitará los precios y traerá consigo nuevas consideraciones a tener en cuenta.

Esta Ley regulará distintos ámbitos del sector inmobiliario, con especial hincapié en el alquiler de bienes inmuebles, incluyendo a su vez ayudas al acceso a la vivienda, novedades en materia de desahucios o la limitación de los precios del alquiler.



En primer lugar, se amplían las zonas tensionadas en el mercado del alquiler, lo que dependerá de cada comunidad autónoma, siendo revisada posteriormente por el Ayuntamiento del municipio donde se estén analizando dichas zonas tensionadas.

Para que una zona obtenga la categorización de tensionada, es necesario que se cumplan dos requisitos: de una mano, que su precio haya aumentado más de tres puntos porcentuales el valor del IPC en los últimos cinco años o que el precio medio de la vivienda supere el 30% de los ingresos medios de la zona.

Por su parte, se redefine lo que se entiende por grandes tenedores. Serán grandes tenedores aquellas personas físicas o jurídicas que tengan en propiedad cinco o más viviendas. Y, serán pequeños propietarios, aquellas personas físicas o jurídicas que tengan en propiedad menos de cinco viviendas.



También se limita la actualización anual del alquiler suprimiendo el IPC. Es una de las medidas más controvertidas, ya que son muchos los especialistas que consideran inoportuno tal solución.

Se limita la actualización anual del alquiler suprimiendo el IPC.(Foto: E&J)

A partir de enero de 2024, las actualizaciones de los alquileres estarán limitadas a un máximo del 3%, quedando desvinculadas del IPC. Se prevé que, para enero de 2025, se cree un nuevo índice de referencia inferior al IPC.

Las zonas tensionadas previamente serán reguladas a los efectos del precio, lo cual dependerá de la modalidad de contrato que se suscriba.

Será el propietario del bien inmueble quien ostente la obligación de asumir los gastos y honorarios inmobiliarios, correspondiendo al inquilino el pago de la fianza y la garantía adicional.

A mayor abundamiento, se prohíbe aumentar el precio del alquiler como consecuencia de adicionar nuevos gastos como puede ser la comunidad de propietarios o las tasas de basura.

Se suprimen las cláusulas que sean contrarias a la Ley que ahora pretenden introducir en el ordenamiento jurídico.

En cuanto a los procedimientos de desahucios también hay novedades:

  • Es obligatorio establecer una fecha y una hora para iniciar un desahucio.
  • Ampliación de las prórrogas de lanzamiento, que se podrán aplazar hasta más de dos años.
  • Cada comunidad autónoma podrá crear sus propios mecanismos alternativos.
  • Se pueden usar los fondos de los planes estatales como alternativa habitacional.

Por último, existen beneficios fiscales en el IRPF para aquellos inquilinos que vivan en una zona declarada tensionada.

Se lleva a cabo una reforma total de las antiguas normativas, en donde se protege al inquilino, quedando en total desamparo los propietarios de los bienes inmuebles.

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