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Legislación

Los trabajadores no tendrán la obligación de entregar su baja médica a la empresa a partir del 1 de abril

El Boletín Oficial del Estado ha publicado esta norma a la que veían estando sujetos los empleados, siendo la mutua o el servicio público de salud los nuevos encargados de remitir los partes

(Foto: E&J)

Tiempo de lectura: 2 min

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Legislación

Los trabajadores no tendrán la obligación de entregar su baja médica a la empresa a partir del 1 de abril

El Boletín Oficial del Estado ha publicado esta norma a la que veían estando sujetos los empleados, siendo la mutua o el servicio público de salud los nuevos encargados de remitir los partes

(Foto: E&J)



La entrega de los partes médicos de baja ha sido una problemática que en numerosas ocasiones ha terminado en los tribunales pero las controversias que suscita este hecho quedarán aplacadas a partir del 1 de abril pues, a partir de esta fecha aquellos trabajadores que estén acogidos a una incapacidad temporal (IT) para desarrollar su actividad laboral dejarán de estar obligados a entregar el parte médico de baja a su empresa.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves, 5 de enero, el Real Decreto (RD) 1060/2022, de 27 de diciembre, por el que se elimina esta obligación que venían teniendo hasta ahora los trabajadores. Sin embargo, el nuevo sistema no será inmediato, sino que, los empleados seguirán adscritos a entregar el parte médico a su empleadora hasta el 31 de marzo de este año.



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