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Legislación

Principales novedades que introduce la nueva Ley de Función Pública

La evaluación del trabajo de los funcionarios incluida en la norma es muy criticada por los sindicatos

Marísa Jesús Montero, ministra de Hacienda y Función Pública (Foto: Moncloa)

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Principales novedades que introduce la nueva Ley de Función Pública

La evaluación del trabajo de los funcionarios incluida en la norma es muy criticada por los sindicatos

Marísa Jesús Montero, ministra de Hacienda y Función Pública (Foto: Moncloa)



El Gobierno ha visto en primera lectura el Anteproyecto de Ley de Función Pública, que desarrolla el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). Esta ley, forma parte de los compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). La reforma de la Función Pública es uno de los compromisos acordados con Bruselas a cambio de los fondos europeos contemplados en el Plan de Recuperación. Además, también fue acordado con UGT y CCOO en el acuerdo marco para una Administración del siglo XXI.

La norma va a tener un amplio radio de acción, ya que se va a aplicar en la Administración General del Estado, Organismos Autónomos, entidades gestoras de la Seguridad Social, entidades públicas empresariales, agencias estatales, autoridades administrativas independientes, universidades públicas no transferidas y demás entes de derecho público. “Esto llevará a un modelo de gestión integrada y por competencias de los recursos humanos”, aseguran desde el Ejecutivo.



Una de las reformas más destacadas de la ley es lo que los impulsores de la misma llaman planificación estratégica, a través de la cual que se alinearán los objetivos estratégicos de la Administración Pública. Según aseguran desde el Gobierno, “esto permitirá adaptar la selección de personal a las necesidades de las organizaciones”.

Entre los cambios introducidos por la norma que, de momento, más están dando de qué hablar está la incorporación de la evaluación del desempeño al modelo de empleo público. Según explica el Gobierno, esta medida va a ser de carácter obligatorio. A través de este procedimiento se valorará periódicamente la conducta profesional y se medirá el rendimiento o el logro de resultados de las trabajadoras y trabajadores públicos. “La finalidad es mejorar la productividad de las diferentes unidades y la calidad de los servicios públicos”, se explica.

La evaluación del desempeño tendrá «efectos directos en la progresión en la carrera profesional, en los criterios para la provisión de puestos de trabajo, en la continuidad en el puesto de trabajo, en la percepción del complemento de desempeño y en la valoración de las necesidades formativas».



La ley prevé la evaluación del trabajo de los empleados públicos. (Foto: E&J)

Esto no ha gustado a los sindicatos. La secretaria del sector de Administración General del Estado de FSC-CCOO, Elisa Fernández, ha afirmado que esa evaluación por desempeño obligatoria, con la posibilidad de «remover de su puesto de trabajo» a aquellos que lo han obtenido por concurso, es «bastante grave«, ya que «puede ser bastante subjetiva» y, además, no se ha negociado con los sindicatos. Para Fernández, esta medida «clama al cielo» y reclama que esa evaluación sea «garantista y transparente», sujeta a «unos criterios objetivos».

El secretario de Administración General del Estado de UGT Servicios Públicos, Carlos Álvarez, ha añadido que se trata de una decisión «gravísima e inaceptable». Los dos sindicatos insisten en que la evaluación del desempeño no debe seguir un esquema vertical, sino que debe realizarse de forma global, recíproca, por unidades y oficinas, y que, además, se tenga en cuenta la situación del empleo público en el ámbito.

La regulación de la carrera profesional horizontal es otra de las grandes novedades del texto legal. El Ejecutivo asegura que “este sistema, que evidencia una apuesta por la promoción profesional interna, consiste en la progresión en un itinerario de tramos sin que sea necesario que se produzca un cambio de puesto de trabajo. Los ascensos deberán tener en cuenta la trayectoria profesional y el resultado de la evaluación del desempeño.

Otros factores que se tendrán en cuenta para esta fórmula de promoción en la Administración serán el cumplimiento de un itinerario de formación especializada. Además, y según cada caso particular, la participación en actividades de gestión del conocimiento, docencia o investigación se tendrán en cuenta para los ascensos.

Complementos salariales

El texto del anteproyecto establece la creación de dos complementos salariales para los empleados públicos. Estos están basados en su evaluación de desempeño y en su evolución profesional dentro de cualquiera de los ámbitos en los que se aplicará la futura legislación.

El primero es el complemento de carrera que retribuirá la progresión que se vaya alcanzando en la carrera profesional. Su cuantía será la misma para todo el personal funcionario del mismo grupo o subgrupo de clasificación profesional que lo tenga reconocido. El otro será el complemento de desempeño. El acceso al mismo estará vinculado a la superación de las evaluaciones de desempeño planteadas durante la carrera profesional.

Pruebas objetivas y territorializadas

Entre las reformas incluidas en el anteproyecto está la apuesta por un nuevo modelo de acceso a la Administración en el que “se priorizan los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público”. Además, se opta por un modelo mixto que estará basado en los conocimientos para superar el acceso y en la evaluación de competencias profesionales.

Según este ley, los procesos se celebrarán en todo el territorio. “Una reforma que facilitará la democratización en el acceso, al optar por un modelo social que garantice la diversidad tanto social como territorial en el empleo público”, destaca el Gobierno.

Rechazo de los sindicatos

En líneas generales, el texto no ha gustado a los sindicatos, y no solo por la evaluación por desempeño obligatoria. Así, por ejemplo, CSIF ya ha anunciado que presentarán alegaciones porque estiman que el texto «carece de concreción y de las debidas garantías«. A su juicio, el anteproyecto debería ser más preciso en algunos aspectos, como la movilidad, el teletrabajo o la evaluación del desempeño y cree que «es muy mejorable desde el punto de vista técnico», según ha informado en un comunicado.

UGT cree que el texto es «demasiado básico», carece «una de conexión e incidencia directa sobre empleados públicos» y prioriza «los mecanismos organizativos del personal sobre sus condiciones de trabajo». CCOO, por su parte, ha destacado que la nueva ley «no puede contener ninguna restricción de los derechos ya adquiridos y consolidados de la AGE».

No obstante, ven algunos aspectos positivos, como la regulación de la carrera horizontal o la creación de un título específico en materia de Igualdad. «Por fin se va a reconocer o, por lo menos, se va a poner la semilla para el desarrollo de la carrera horizontal del personal de la AGE. Esta ansiada carrera precisará de un desarrollo reglamentario posterior. Nuestros empleados públicos van a poder visualizar con claridad los beneficios que les puede reportar este nuevo sistema de progresión», ha manifestado Elisa Fernández, de CCOO.

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