Se aprueba la concesión de premios por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
Se aprueba la concesión de premios por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
Orden PRA/868/2017, de 5 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de premios por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. (BOE núm. 220, de 12 de septiembre de 2017)
Entre las funciones encomendadas al Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC) por el artículo 2 del Real Decreto 1269/1997, de 24 de julio, por el que se regula la organización y funcionamiento del CEPC, se encuentra la de realizar, promover y publicar, en su caso, estudios sobre el carácter, evolución y funcionamiento de los sistemas sociales, políticos, constitucionales y administrativos, tanto en su dimensión nacional como internacional.
Dentro de las actividades que se realizan para dar cumplimiento a dichas funciones, el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales ha venido convocando tres premios a las mejores tesis doctorales que cada año se presentan y defienden en cualquier universidad española o extranjera en las lenguas oficiales del Estado o en inglés. Uno de los premios es el Nicolás Pérez Serrano que se concede desde 1982 a las tesis doctorales en Derecho Constitucional; el otro premio es el Juan Linz que se concede desde 2006 para tesis doctorales en Ciencia Política; y, por último, el premio Luis Diez del Corral que se concede desde 2012 para tesis doctorales en Historia de las Ideas y Formas Políticas, Teoría Política Normativa y Filosofía Política.
El CEPC quiere además rendir tributo a la figura de Eduardo García de Enterría, gran jurista español de proyección internacional, y establecer, para su concesión a partir de 2018, en que se cumplen cinco años de su fallecimiento, el Premio Eduardo García de Enterría a las mejores tesis en Derecho Administrativo.
La convocatoria y concesión de estos premios tienen la condición de actividad subvencional, regulada por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento de Desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
El artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece, en su apartado 1, que en el ámbito de la Administración General del Estado, así como de los organismos públicos y restantes entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de aquélla, los Ministros correspondientes establecerán las oportunas bases reguladoras de la concesión, añadiendo que las citadas bases se aprobarán por Orden ministerial, de acuerdo con el procedimiento previsto en el actual artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, previo informe de los servicios jurídicos y de la Intervención Delegada correspondiente y serán objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de los premios que se concedan, en régimen de concurrencia competitiva, por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC), para la promoción y difusión de las mejores tesis doctorales en Derecho Constitucional (Premio Nicolás Pérez-Serrano), en Ciencia Política (Premio Juan Linz), en Historia de las Ideas y Formas Políticas, Teoría Política Normativa y Filosofía Política (Premio Luis Díez del Corral), y en Derecho Administrativo (Premio Eduardo García de Enterría).
Podrán presentarse a los premios regulados por la presente Orden las personas físicas que sean autores de tesis doctorales en alguna de las materias previstas en la base anterior, presentadas para la obtención del título de doctor dentro del periodo que establezcan las correspondientes convocatorias y que cumplan los demás requisitos establecidos en las mismas.
Los solicitantes, para obtener la condición de beneficiario, no podrán incurrir en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y, en particular, deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
El plazo para la presentación de las candidaturas será el previsto en la convocatoria anual correspondiente, y finalizará en todo caso dentro del mes de enero del año siguiente a cada convocatoria.