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Se aprueba la oferta de empleo público para el refuerzo de los sectores estratégicos ante la retirada del Reino Unido de la Unión Europea

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Se aprueba la oferta de empleo público para el refuerzo de los sectores estratégicos ante la retirada del Reino Unido de la Unión Europea



Real Decreto 47/2019, de 8 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para los sectores estratégicos ante la retirada del Reino Unido de la Unión Europea. (BOE núm. 58, de 8 de marzo de 2019)

El 29 de marzo de 2017, el Reino Unido notificó oficialmente al Consejo Europeo su intención de abandonar la Unión Europea invocando el procedimiento previsto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea.



A no ser que revoque esta decisión o se prorrogue por unanimidad el plazo previsto al efecto, la retirada será efectiva el 30 de marzo de 2019.

Si bien durante todo este tiempo el objetivo de la Unión Europea y del Gobierno español ha sido el de alcanzar un acuerdo que garantizase una salida ordenada, el voto contrario del parlamento británico al texto acordado entre los negociadores de la Unión Europea y del Reino Unido así como la proximidad de la fecha de 30 de marzo de 2019, hacen necesario adoptar medidas de contingencia para afrontar un escenario de retirada sin acuerdo, en el que Reino Unido pasará de forma abrupta a ser un tercer estado al que no se aplicará el acervo comunitario.

Por ello, el Gobierno de España está adoptando medidas de contingencia que comprenden entre otros ámbitos la cobertura de las necesidades de medios personales en el ámbito de los servicios públicos. Se han identificado como sectores de actividad más afectados, entre otros, los relacionados con el control fronterizo de personas, así como con el control aduanero y los servicios de inspección sanitaria exterior, tanto para la importación como para la exportación de mercancías. Otros sectores críticos son el control de la seguridad en el transporte de viajeros, las oficinas de extranjería y la atención a los ciudadanos británicos, así como las actividades de promoción de la internacionalización de las empresas españolas, o la actividad de la representación de España en el Reino Unido.



Por todo ello, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de febrero de 2019 prevé la adopción de todas las medidas necesarias en materia de empleo público para garantizar la adecuada prestación de los servicios públicos tras la formalización de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea. Entre los instrumentos necesarios se encuentra la aprobación inmediata de un Real Decreto de oferta de empleo público, correspondiente al año 2019, por el que se adelantarán las plazas necesarias para dar cobertura a las necesidades estructurales generadas por la salida del Reino Unido, en aquellos sectores que no puedan ser atendidos por otras vías de cobertura de puestos.

Según el artículo 19.Tres de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 corresponde al Gobierno, a iniciativa de los departamentos u organismos competentes y a propuesta del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, la aprobación de la oferta de empleo público que corresponda a la Administración General del Estado, sus organismos públicos y demás entes públicos estatales. Todo ello de acuerdo con la previsión del artículo 70.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

De acuerdo con todo lo anterior, se cumple con los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Este real decreto responde al principio de necesidad, proporcionalidad y eficacia, pues, como ya señala el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de febrero de 2019, antes de aprobar esta oferta de empleo se ha tenido en cuenta el análisis efectuado por cada uno de los departamentos ministeriales, organismos y entidades, y en particular se ha valorado el volumen de efectivos requeridos, los sectores donde se producen de manera prioritaria y urgente, la naturaleza temporal o estructural de la actividad requerida, la existencia de medios suficientes para su cobertura, bien en la propia organización, bien en la oferta de empleo público del año 2018 y, en los casos en los que se requieran medios adicionales, los mecanismos más adecuados para garantizar dicha cobertura y la mayor celeridad de la misma.

Esta oferta de empleo público aporta seguridad jurídica y transparencia, pues cuantifica las plazas a convocar, e indica los organismos y áreas de actividad en los que se convocarán esas plazas. Por tanto, no establece cargas administrativas y no implica una restricción de derechos de los particulares, sino que los garantiza. Se aborda pues, de forma específica y de acuerdo con la legislación vigente, una situación concreta e inédita, como son los efectos de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea, que precisan de unas medidas muy específicas para adecuar los recursos humanos en los sectores más críticos.

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