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Se modifica la Orden ESS/150/2013, de 28 de enero, por la que se dictan las normas para la elaboración de los presupuestos de la Seguridad Social

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Se modifica la Orden ESS/150/2013, de 28 de enero, por la que se dictan las normas para la elaboración de los presupuestos de la Seguridad Social

Orden ESS/685/2017, de 20 de julio, por la que se modifica la Orden ESS/150/2013, de 28 de enero, por la que se dictan las normas para la elaboración de los presupuestos de la Seguridad Social. (BOE núm. 174, de 22 de julio de 2017)



Con la entrada en vigor de las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que suponen un nuevo impulso a la administración digital, las funciones y competencias de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social han experimentado un notable crecimiento y han cobrado mayor importancia y dimensión, por lo que el montante del presupuesto y contratación, así como la especialidad técnica del objeto de los contratos, hacen necesario tener un control directo sobre tales procedimientos y contar con órganos propios especializados.

Por ello, el apartado dos de la disposición final trigésima primera de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, añade un nuevo artículo 74 bis al texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, con el fin de dotar a la Gerencia de Informática de la Seguridad Social de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, estableciendo que su régimen jurídico será el establecido en la disposición adicional decimotercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, para las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.



Por otra parte, el artículo 3 del Real Decreto 701/2013, de 20 de septiembre, de racionalización del sector público, acuerda la disolución y liquidación de las entidades mancomunadas constituidas por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.



A la vista de las novedades normativas expuestas, se hace necesario modificar la Orden ESS/150/2013, de 28 de enero, por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos de la Seguridad Social, para incluir en la clasificación orgánica del presupuesto de gastos, así como dentro de los entes gestores, a la Gerencia de Informática de la Seguridad Social y eliminar de la norma toda referencia a los presupuestos de las entidades mancomunadas.

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