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Legislación

Se podrán interrumpir los plazos de un juicio cuando haya causas objetivas de fuerza mayor

El Real Decreto-ley 5/2023 establece una serie de modificaciones legislativas que permitirán una mayor conciliación de la abogacía

(Foto: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




Legislación

Se podrán interrumpir los plazos de un juicio cuando haya causas objetivas de fuerza mayor

El Real Decreto-ley 5/2023 establece una serie de modificaciones legislativas que permitirán una mayor conciliación de la abogacía

(Foto: E&J)



El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy, 29 de junio de 2023, el Real Decreto-ley (RDL) 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas y modificaciones legislativas que introducen una mayor conciliación de la vida personal y familiar de los profesionales de la abogacía y la procura, así como los graduados y graduadas sociales, ante los tribunales de justicia. Asimismo, modifica la regulación de la baja por nacimiento y cuidado de menor como causa de suspensión del curso de los autos y no solo de las vistas u otros señalamientos.

Se trata de una ampliación de las medidas que el Ministerio dirigido por Pilar Llop aprobó en diciembre del 2022 con el objetivo avanzar en los derechos de conciliación.



Este Real Decreto modifica diversos artículos de distintas leyes orgánicas, entre ellas la Ley de Enjuiciamiento Criminal ya que dicha norma, a pesar de contemplar determinados supuestos de fuerza mayor para que los letrados puedan solicitar la suspensión de procedimientos, ha resultado ser ineficaz en lo que al amparo del derecho a conciliación se refiere. El motivo que ha lleva a promulgar dichas modificaciones responde a garantizar la efectividad de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres que se dedican a las profesiones de Abogacía, Procura y Graduado Social.



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