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Legislación

Se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios

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Se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios



Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios. (BOE núm. 197, de 14 de agosto de 2014)

La creación de este registro tiene como finalidad facilitar la adecuada planificación de  los recursos humanos sanitarios de todo el Estado y la coordinación de las políticas sanitarias en materia de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud. A su vez, la integración del registro en el sistema de información sanitaria del Sistema Nacional de Salud facilitará el cumplimiento de estos fines.



El carácter público de determinados datos del registro contribuirá a generar mayor seguridad y confianza en los profesionales de nuestro sistema de salud. Su soporte digital facilitará, además, la accesibilidad a los datos que contenga.



Casi todas las comunidades autónomas han regulado sus registros de profesionales sanitarios basándose en el Acuerdo del Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre los registros de profesionales sanitarios de 14 de marzo de 2007.  Es necesario coordinar la información contenida en estos registros y determinar el procedimiento de incorporación de los datos al registro estatal. De la misma forma, deben establecerse los mecanismos de integración de la información que obra en los registros de otras entidades como los colegios profesionales, consejos autonómicos y consejos
generales de los mismos, centros sanitarios privados o entidades de seguro que operan en el ramo de la enfermedad.

En el ánimo de conseguir la colaboración con estas entidades, se contempla la posibilidad de que se puedan suscribir los instrumentos jurídicos que resulten precisos para el funcionamiento y desarrollo del registro regulado en este real decreto.



Puede leer el texto completo de la norma en www.bdifusion.es