Los Colegios de Abogados de Valladolid y Cartagena reconocen el derecho de huelga del turno de oficio
A diferencia del de Santiago, cuyo decano declara hoy por un presunto delito de coacciones y contra la libertad sindicales
El sindicato de abogados Venia exige la regulación de los derechos básicos de los trabajadores del Turno de Oficio. En la imagen, en la manifestación el pasado 14 de diciembre en Valencia. (Imagen: Sindicato Venia)
Los Colegios de Abogados de Valladolid y Cartagena reconocen el derecho de huelga del turno de oficio
A diferencia del de Santiago, cuyo decano declara hoy por un presunto delito de coacciones y contra la libertad sindicales
El sindicato de abogados Venia exige la regulación de los derechos básicos de los trabajadores del Turno de Oficio. En la imagen, en la manifestación el pasado 14 de diciembre en Valencia. (Imagen: Sindicato Venia)
Los Colegios de Abogados de Valladolid (ICAVA) y Cartagena (ICAC) reconocen el derecho de huelga de sus colegiados del turno de oficio y «legitiman al Sindicato de Abogados y Procuradores Venia», según ha informado el propio sindicato.
«Los cuatro meses de huelga han servido ya para reconocer el derecho de huelga por parte de las instituciones. Sin embargo, el ministro todavía no nos ha llamado para mantener la reunión solicitada en varias ocasiones y tampoco nos ha sentado a la mesa para negociar la ley de Asistencia Jurídica Gratuita», declara a Economist & Jurist la secretaria general del sindicato, Belén García García, quien rechazó sentarse con el Consejo General de la Abogacía (CGAE), porque no lo considera «interlocutor válido, por ser el sindicato a quien corresponde la defensa de los derechos laborales del colectivo».
El Sindicato ha solicitado al CGAE que lo invite a las jornadas que celebrará el 18 y 19 de abril en Valladolid sobre la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, «con el fin de dar voz a los representantes de los trabajadores del turno de oficio». El coste para asistir a las jornadas es de 180 euros y el sindicato entiende que debe participar de forma gratuita, cosa que ha dejado claro en su comunicación.
Según explica el Sindicato Venia, el pasado 4 de marzo, el decano del ICAVA, Javier Manuel Martín, emitió un certificado dirigido a las autoridades judiciales en el que reconoce el derecho de huelga de los colegiados.
En él destaca que existe una “creciente demanda” de Juzgados y Tribunales “interesando la designación de nuevo profesional de la abogacía de oficio, al haber solicitado la suspensión el que ya estaba interviniendo” por encontrarse en huelga.
El decano señala que la Junta de Gobierno “ya ha resuelto en varias ocasiones”, conforme a la regulación de los servicios de Justicia Gratuita, “no acceder a dichas solicitudes de nombramiento de nuevo profesional”.
Añade que “la letrada o letrado designado, cuya sustitución se solicita, está ejercitando un derecho de huelga” y sobre el que su “corporación no tiene competencia, al ser un derecho individual”, y que “los juzgados y tribunales deberán dirigirse al mismo para recabar cualquier información referida a dicha convocatoria”.
«De esta forma, la comunicación del decano otorga legitimidad al Sindicato Venia, convocante de la huelga», sostiene el delegado del sindicato en Valladolid, David Lázaro, y sostiene que «la huelga es la única vía para alcanzar unas condiciones dignas en el ejercicio del turno de oficio”.
Por otra parte, el Sindicato Venia informa que la Junta de Gobierno del Colegio de la Abogados de Cartagena remitió el pasado 1 de abril un carta que reconoce a la letrada a la que se la dirigió, designada por el turno de oficio, que «está ejercitando un derecho de huelga», que se trata de “un derecho individual” y “que se encuentra al margen de las competencias atribuidas a este Colegio por la normativa vigente”.
Esta colegiado solicitó la suspensión de una vista por estar ejerciendo su derecho de huelga, y el Juzgado de lo Penal número 2 de Cartagena informó de la incomparecencia a su Colegio, por si hubiera incurrido en responsabilidad disciplinaria.
Y el ICAC ha notificado al Juzgado que deberá dirigirse al Sindicato Venia «para recabar cualquier información referida a dicha convocatoria” y concluye “que estando Venia constituida válidamente como sindicato, el mismo tiene legitimación para ejercitar el derecho de huelga, por lo que no podemos plantearnos la ilegalidad o imposibilidad del ejercicio del derecho de huelga de los Letrados y Procuradores adscritos al turno de oficio».
Y finaliza señalando que «no procede la apertura de expediente disciplinario alguno», pues el simple hecho de esa apertura «puede significar un ataque al derecho individual de huelga de cada letrado o letrada». Además, recuerda que «al igual que respeta el derecho de huelga de los LAJ, jueces (que tampoco tienen legislativamente el derecho de sindicación reconocido), Fiscales y funcionarios de Justicia, en la misma medida debe respetar el derecho de huelga de sus propios Letrados”.
El delegado de Venia en Cartagena, Sergio Santiago Orejudo Galván, también ha mostrado su satisfacción en cuanto a que “los Colegios están empezando a recular y saben que deben respetar el ejercicio del derecho de huelga de sus colegiados, y que ni pueden sustituirlos porque se lo solicite un Juzgado ni sancionarlos”.
«La enhorabuena que hemos de dar a estos Colegios se enfrenta a las acciones judiciales que se han tenido que emprender frente al Colegio de Abogados de Santiago, cuyo decano declara hoy por un presunto delito de coacciones y contra la libertad sindical a una abogada que estaba ejercitando su derecho fundamental de huelga», manifiesta la secretaria general del Sindicato de Abogados y Procuradores Venia.
La huelga de abogados y procuradores comenzó el pasado 21 de noviembre y continúa actualmente. El colectivo presta servicio 24 horas al día, los 365 días al año, no hay descanso para garantizar el Estado de Derecho, y reclama que «de una vez se reconozca y valore» su trabajo y se reconozcan sus derechos laborales, derechos «básicos».
Los profesionales del turno de oficio reivindican un Estatuto jurídico del letrado y procurador de oficio que recoja qué tipo de relación tienen con la Administración, así como retribuciones dignas y ninguna actuación sin retribución. Además, denuncian que si caen enfermos o tienen un accidente, no hay opción de sustitución, sino que se ven obligados a darse baja quedando sin ingreso alguno, ya que al no tener ningún tipo de relación laboral reconocida, no tienen derechos laborales. Y en el ejercicio del derecho de huelga, letrados y procuradores del turno de oficio piden suspensiones de todos los temas que no son servicios mínimos.
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