Los expertos ven factible reformar el artículo 49 de la Constitución, pero no iniciar el procedimiento de reforma agravado
Cuatro expertos en Derecho Constitucional abordan la vigencia de la Carta Magna
Congreso de los Diputados. (Imagen: Archivo)
Los expertos ven factible reformar el artículo 49 de la Constitución, pero no iniciar el procedimiento de reforma agravado
Cuatro expertos en Derecho Constitucional abordan la vigencia de la Carta Magna
Congreso de los Diputados. (Imagen: Archivo)
La mayor parte de los expertos consultados coinciden en que la Constitución Española tiene plena vigencia, aunque hay cambios que resultan necesarios. “Es verdad que hay partes que ya se han quedado obsoletas, especialmente muchas disposiciones del Título VIII, referido a la organización territorial del Estado, y hay otras que podrían actualizarse, pero eso no significa que no siga siendo una verdadera Constitución, norma fundamental de nuestro Estado”, afirma la doctora en Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid, María Garrote.
“Como cualquier texto jurídico, sin duda, nuestra Constitución debería ser reformada para adaptarse mejor a la realidad actual. Ahora bien, sus cuatro grandes decisiones políticas me parecen que para nada están desfasadas: el Estado social y democrático de Derecho, la Monarquía Parlamentaria, el Estado autonómico y la incorporación de España a Europa. Cambiar cualquiera de ellas -por ejemplo, establecer una república o un estado confederal-, no sería hablando con precisión, una reforma de la Constitución, sino otra Constitución distinta”, sostiene el catedrático de la Universidad de Granada, experto en Constitucional, Agustín Ruiz Robledo.
Gerardo Pérez Sánchez, doctor en Derecho, profesor del Departamento de Derecho Constitucional y Ciencia Política de la Universidad de la Laguna (Tenerife), y abogado, destaca que a lo largo de estos 45 años «ha hecho un gran servicio para la consolidación de nuestro sistema de gobierno, y sobre todo para la garantía y protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos», por lo que la considera vigente, pero es un fiel defensor de que ya procede hacer una reforma, «porque las Constituciones no son cuerpos estáticos, sino que deben cambiar conforme avanzan los tiempos». «A lo largo de estos 45 años nos hemos percatado de que algunas instituciones no están cumpliendo con la función que deberían, también de una serie de fallos que se deben corregir, y que la evolución social trae nuevas realidades que procede adaptarlas«, expone.
El catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Castilla la Mancha, Enrique Belda subraya que “todos coincidimos en la necesidad de renovar algunos aspectos que han quedado caducos, como lo relativo a la sucesión de la Corona, en la que hoy subsiste la preferencia del varón. Y otra cuestión es la del artículo 49, porque no puede seguir por más tiempo el término disminuido para referirse a las personas con discapacidad. No era una afrenta que se hizo en 1978, sino que respondía a la concepción y la realidad social de la época”.
Para María Garrote, puestos a reformar, “un buen punto de partida podría ser el Informe del Consejo de Estado sobre reforma de la Constitución de 2006″. «En él se señalan varios aspectos: el régimen de sucesión a la Corona, para eliminar la preferencia del varón sobre la mujer; el título VIII, para actualizar esa parte con la inclusión de las Comunidades Autónomas y la sistematización del sistema de reparto de competencias, la financiación y otras cuestiones territoriales. Además, cabe incluir un capítulo sobre la pertenencia a la Unión Europea y lo que eso significa”, manifiesta.
Ruiz Robledo señala que “hay muchos temas sobre los que, con un poco de buena voluntad, los dos grandes partidos españoles podrían ponerse de acuerdo y atraer a otros partidos». «Por ejemplo, para cambiar la redacción del artículo 49 para no seguir hablando de disminuidos (lo que el Gobierno inició en solitario en la legislatura anterior), incluir la Unión Europea de una forma clara -si no fuera posible en el Título Preliminar, sí en una disposición adicional-; garantizar la independencia del Consejo General del Poder Judicial, acabar con la limitada iniciativa legislativa popular, afrontar los desafíos de Internet y la inteligencia artificial. En fin, no continúo porque no estoy de ánimo para seguir dando hipótesis inverosímiles. En otros momentos en los que he estado más optimista he escrito sobre mi opinión sobre este tema, especialmente en mi libro La mirada de Argos”, detalla.
Gerardo Pérez también señala que el Senado se supone que es una Cámara de representación territorial, pero que todo el mundo coincide que no está cumpliendo con su función y que la imagen que cala es que es una institución que sirve «para mandar a los políticos que ya están de retirada». A su juicio, también procede revisarla en cuanto a la prelación del hombre sobre la mujer en la sucesión a la Corona, por ser un anacronismo; «el galimatías de la distribución de competencias que tenemos entre el Estado y las Comunidades Autónomas, para revisar el reparto competencial; y acerca de la inclusión de España en la Unión Europea y en el Consejo de Europa, para que aclarara cómo existe esa coordinación con esos organismos supranacionales, sobre todo respecto de las sentencias del TJUE y del TEDH para su aplicación en España».
Asimismo, detecta que hay «una mezcolanza, un tanto desordenada, de derechos y principios rectores», y apunta que después de 45 años «surgen nuevos derechos, que se aplican, pero que no están en la Constitución porque ni siquiera se imaginaron en 1978″. También considera que debe reformarse en cuanto al sistema electoral, que es a lo que más se dedica él. Sostiene que desde el punto de vista del régimen representativo, nuestro sistema electoral merece una revisión profunda, parte de ella de preceptos constitucionales.
“Habría muchos temas que se podrían abordar y en los que valdría la pena intervenir, aunque no sobre todos hay consenso. Lo que pasa es que puede haber un proceso de reforma limitado a los temas que interesen, siempre que las minorías radicales de todo signo no lo utilicen para desestabilizar el Estado con reformas que no tienen nada que ver con los intereses, bienestar y derechos de los ciudadanos. Por ejemplo, la Corona o el cambio del modelo territorial, que no afecta a la vida de los ciudadanos”, mantiene Enrique Belda.
Aunque distintos expertos hablan de eliminar la preferencia del varón sobre la mujer en la sucesión a la carona, todos coinciden en que en este contexto parece muy difícil iniciar el procedimiento de reforma agravado de artículo 168, que se requiere para introducir cambios en el Título II. “Ahora está el clima político muy polarizado, no hay ni serenidad ni voluntad política para pactar y afrontar los problemas con consenso. Sería una temeridad plantear en estos momentos una reforma de ese calado que produciría un debate demagógico y populista alejado de las verdaderas necesidades del país”, manifiesta Garrote. ¿Sería factible? “No. Por eso, no he hablado de acabar con la discriminación de la mujer en la sucesión a la Corona que solo puede hacerse por este procedimiento agravado”, responde Ruiz Robledo. De la misma forma lo ve Enrique Belda, que cree que “las minorías antisistema querrían alterar todo el marco, se entraría en una lucha simbólica y dado el nivel de crispación y enfrentamiento entre las élites políticas, esto no parece que se pueda llevar a cabo”.
Respecto a las amenazas importantes a las que se podría enfrentar la Constitución Española en estos momentos no todos son igual de tajantes. ¿Existen? “Puede ser. Lo inquietante es que parece que se está asumiendo la práctica de forzar el sentido de la normas para evitar su estricto cumplimiento. La mutación constitucional es legítima solo relativamente. Si se quiere modificar algún aspecto hay que hacerlo por el procedimiento establecido y no mediante normas forzadas que tienen dudoso encaje constitucional. En este sentido, el papel del Tribunal Constitucional es esencial para mantener el orden constitucional. También el cumplimiento leal de las previsiones constitucionales, como la renovación de los órganos constitucionales, el respeto a los valores de nuestro ordenamiento: libertad, igualdad, justicia y pluralismo político. Hace falta mucha cultura cívica”, explica María Garrote.
Para Ruiz Robledo, no existe duda de que esas amenazas existen actualmente: “Lo importante para que un sistema democrático funcione no es tanto el texto de la Constitución, sino el comportamiento de los actores políticos, como podemos ver en democracias con textos constitucionales muy diferentes. Pero nos encontramos con que en España, a pesar de la reivindicación constante de la Constitución, los partidos han implantado unos comportamientos que para nada coinciden con el texto que se aprobó en 1978. Así, según la Constitución, las Cortes son el poder legislativo y el Gobierno solo excepcionalmente puede aprobar normas con fuerza de ley; pero la práctica nos dice que ya llevamos más de un quinquenio con más decretos-leyes que leyes; de tal forma que los que era excepcional se ha convertido en lo habitual, con réplica en las Comunidades Autónomas, sin distinción de partido gobernante».
«La colonización partidista de las grandes instituciones del Estado se ha convertido en una práctica que todo el mundo lamenta, pero que el PSOE y el PP nunca resuelven. Como he escrito en la Revista de las Cortes Generales, nos encontramos con un parlamentarismo difuminado ajeno a la voluntad del constituyente. De los extraños pactos actuales del PSOE para lograr el Gobierno -tan distantes de su programa electoral- nada diré pues los tenemos demasiado cerca como para apreciar cómo influirán en el entendimiento de la Constitución, pero tampoco me mueven al optimismo”, se posiciona este profesor.
“Desde luego que hay una amenaza real. Cuando tiene usted a los jueces, que no han salido nunca a la calle, denuncian abiertamente los planes invasivos que tiene el ejecutivo sobre el Poder Judicial, pues si hay una amenaza real. Lo dice el mundo judicial de manera mayoritaria. Las personas que tienen el Poder Ejecutivo en todos los países suelen tener una propensión a tener un poder expansivo, es un proceso que se da en todos los países del mundo, pero debe haber un contrapeso para frenar esa tendencia natural y aquí esa tendencia es muy fuerte” y esto puede poner en peligro los principios constitucionales, afirma Enrique Belda.
Preguntado Gerardo Pérez Sánchez sobre si la Constitución está actualmente amenazada, afirma que todo régimen democrático de libertades, «siempre está en permanente amenaza». «Un sistema constitucional se basa en la limitación de los poderes, y los poderes siempre se rebelan a ser controlados y limitados. Esa tensión entre control del poder y que el poder tienda a resistirse a ser controlado existe desde que se inició el constitucionalismo a finales de 1918», expone.
Este jurista afirma que hay que estar atentos a que no exista cada vez más concentración de poderes. Advierte de que «la separación de poderes se está diluyendo y la concentración de poder, consolidándose». «Se debería hacer una revisión sobre todo en lo que se refiere a la separación entre los órganos de control jurisdiccionales- Poder Judicial y Tribunal Constitucional- con los poderes más políticos, desde el Ministerio Fiscal, los nombramientos del órgano de garantías, el bochorno del Consejo General del Poder Judicial. Se enmarca dentro de lo que es la clásica resistencia del poder a ser controlado, pero en este caso se evidencia que cada vez hay más concentración de poder, y que la separación de poderes es más difusa, y eso es un peligro», concluye.