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Los fiscales del procés convocan una junta de fiscales para frenar las ordenes del fiscal general sobre la amnistía

Los cuatro juristas tachan la orden del fiscal general, Álvaro Ortiz, de “improcedente” y “contraria a las leyes”

(Imagen: FGE)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




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Los fiscales del procés convocan una junta de fiscales para frenar las ordenes del fiscal general sobre la amnistía

Los cuatro juristas tachan la orden del fiscal general, Álvaro Ortiz, de “improcedente” y “contraria a las leyes”

(Imagen: FGE)



Lo adelantaba Economist & Jurist hace unos días: la pugna entre el fiscal general del Estado y los cuatro fiscales del procés acabaría en una junta de fiscales de Sala del Supremo, y así ha sido. Este martes 18 se producirá la reunión a la que acudirán los 32 fiscales de Sala del Tribunal Supremo, donde se debatirá la orden del fiscal general, Álvaro Ortiz, de impulsar la amnistía y perdonar todos los delitos a los encausados del procés. La decisión es consultiva y la última palabra la tendrá el propio fiscal general sobre lo que se hará al final.

Se espera un debate amplio que se iniciará a primera hora de la mañana del próximo martes en la sede de la Fiscalía en la capital de España. Este viernes, los fiscales del procés no han tardado en responder al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, quien les ordenaba solicitar al Tribunal Supremo la aplicación de la Ley de Amnistía a todos los delitos —incluido el de malversación— atribuidos a Carles Puigdemont y otros líderes independentistas.



García Ortiz ha enviado una orden acompañada de un informe jurídico de 133 páginas, tal y como le reclamaron por escrito los fiscales, partidarios de no perdonar la malversación, en caso de que no estuviera de acuerdo con ellos.



En dicho documento, García Ortiz, como fiscal general, se dirige a los cuatro fiscales para ordenarles que «procedan a cumplimentar los traslados conferidos mediante providencias de 11 de junio de 2024, en el sentido de que los delitos objeto de imputación y condena en la Causa Especial número 3/20907/2017 seguida ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo se encuentran comprendidos en el ámbito de aplicación» de la Ley de Amnistía.

Y, por consiguiente, «procede declarar amnistiadas la totalidad de las conductas que fueron y son objeto de dichos procedimientos, así como levantar las medidas cautelares que penden respecto de alguno de los encausados», que son Puigdemont, Comín y Puig.



Avala levantar las órdenes nacionales de detención porque «desde el momento en que se advierta que opera una causa de extinción de la responsabilidad criminal sobre un sujeto, es imperativo su alzamiento en base al ‘imperio de la ley'».

La orden del fiscal general considera que estos fiscales confunden en su informe el «ánimo de lucro» que exige el delito de malversación con el «enriquecimiento personal de carácter patrimonial» de aquellos hechos que la Ley de Amnistía considera no amnistiables.

Álvaro García ha pedido por escrito a los cuatro fiscales del procés que cumplieran la orden de informar a favor de la amnistía, pero la han rechazado. (Imagen: FGE)

El perjuicio patrimonial para la Administración, resultado del delito de malversación, no es equiparable al «enriquecimiento personal de carácter patrimonial». Por eso, rechaza esta interpretación pues contradice la voluntad del legislador y de la propia norma.

El contraataque de los fiscales del procés

Poco después de conocer ese documento, en un escrito al que ha tenido acceso este medio de comunicación y rubricado por el fiscal Javier Zaragoza, en nombre de sus compañeros, ha rechazado esas indicaciones, que ha tachado de “contrarias a las leyes”.

En ese documento de apenas dos páginas, rebate el Decreto firmado por el propio fiscal general que contrarresta el informe anterior de los fiscales del procés del 12 de junio y señala a los fiscales que procedan “a declarar amnistiadas la totalidad de las conductas que fueron y que son objetos de procedimientos relacionados con el procés, así como levantar algunas medidas cautelares para algunos de los encausados”.

Los fiscales Javier Zaragoza, Fidel Cadena, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno señalan en esa misiva que los argumentos del fiscal general “son manifiestamente insuficientes para legitimar la viabilidad y el ajuste a la legalidad de la orden impartida por V.E., por lo que creemos que la orden es improcedente y contraria a las leyes al no ajustarse a los criterios de la lógica jurídica y de legalidad penal exigibles en la interpretación y aplicación de la misma”.

Ante la discrepancia con la máxima autoridad del Ministerio Público, los fiscales del procés han invocado la convocatoria de la junta de fiscales de Sala para fijar criterio según el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. El fiscal general del Estado ha convocado la reunión el próximo martes, 18 de junio, según informan fuentes fiscales.

Al mismo tiempo, se protegen a la hora de tener que cumplir la orden, señalando con posterioridad, invocando el artículo 25 del Estatuto del Ministerio Fiscal, de cara a que el fiscal general dicte un decreto motivado que acuerde la avocación de la causa para que sea despachada por el propio fiscal general o a quien designe a tales efectos, y cumplir con el trámite acordado por las providencias del 11 de junio dictadas por el Magistrado Instructor y por la Sala Penal del Supremo.

Javier Zaragoza, Fidel Cadena, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno consideran que la orden de García Ortiz es “improcedente” y “contraria a las leyes”. La principal discrepancia en la Fiscalía es el encaje en la Ley de Amnistía del delito de malversación que se atribuye a los líderes independentistas en el Tribunal Supremo.

Tal y como sucedió en el 2023, la Junta de Fiscales de Sala del Supremo debatirá sobre un tema controvertido como es la ley de amnistía, aunque el FGE tendrá la última palabra. (Imagen: FGE)

La Fiscalía General del Estado (FGE) contabilizó 82 procedimientos judiciales abiertos y 486 personas encausadas que podrían beneficiarse por estar, a juicio del Ministerio Público, bajo el paraguas de la ley de amnistía.

Entre las causas incluidas se encuentra la que sigue el Tribunal Supremo por sedición, malversación y desobediencia contra Carles Puigdemont y otros dirigentes independentistas, así como los casos de posible terrorismo de Tsunami Democràtic y CDR en la Audiencia Nacional.

A estas causas se suman dos que se siguen en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por los delitos de desobediencia, prevaricación y malversación. El resto de procedimientos contabilizados por la Fiscalía permanecen en las audiencias provinciales de Barcelona y Girona y en juzgados de instrucción de distintos municipios de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona.

Hace un mes hubo un antecedente próximo

Hay que recordar que en el antecedente más inmediato de convocatoria, la junta de fiscales de Sala concluía hace un mes que la querella del novio de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador, contra dos miembros de la Fiscalía Superior de Madrid por revelación de secretos debía ser archivada sin practicar ninguna diligencia.

La fiscal encargada del caso, María de la O Silva, se mostraba a favor de investigar la elaboración y emisión de la nota de prensa en la que la Fiscalía informó sobre las negociaciones que había mantenido con González en el procedimiento que sigue contra él por fraude fiscal, pero la junta ha rechazado sus argumentos por 19 votos frente a 12 y una abstención.

La decisión final quedó ahora en manos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que indicó la necesidad de identificar al responsable de dicha filtración. Los 32 fiscales que conforman la junta han debatido en esa ocasión dos posturas distintas. De un lado, la de la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, que se mostraba a favor de despachar la querella de forma automática con un informe en contra.

De otro lado, la postura de María de la O Silva, que invocó el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Este señala que, cuando un fiscal «recibiere una orden o instrucción que considere contraria a las leyes o que, por cualquier otro motivo estime improcedente», se lo trasladará a su superior y, en caso de persistir la discrepancia, se podrá convocar una junta de fiscales de Sala.