Los tribunales de una misma sala están obligados a mencionar las sentencias sustancialmente similares cuando cambien de criterio
Así lo ha declarado el Alto Tribunal después de criticar el proceder de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
(Imagen: E&J)
Los tribunales de una misma sala están obligados a mencionar las sentencias sustancialmente similares cuando cambien de criterio
Así lo ha declarado el Alto Tribunal después de criticar el proceder de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
(Imagen: E&J)
Los juzgados y tribunales de primera, segunda y tercera instancia de una misma sala están obligados a hacer mención a aquellas sentencias que, dictadas con anterioridad, hayan resuelto y sentado criterio sobre un caso sustancialmente similar. Al menos, así lo ha declarado el Tribunal Supremo después de criticar el proceder de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que, sin justificación, emitió un fallo totalmente opuesto al que días antes había dictado en un supuesto idéntico de despido.
La situación es la siguiente: en marzo de 2021, una residencia de ancianos en Reus, Cataluña, decidió despedir a dos empleadas debido a la falta de recursos. A una de ellas se le notificó el cese el 4 de marzo, mientras que la otra recibió la notificación cuatro días después, el 8 de marzo. Según la empresa, estos despidos estaban justificados por razones económicas y productivas, por lo que procedieron a ingresar a cada empleada sus respectivas indemnizaciones por la extinción del contrato, así como sus nóminas y finiquitos.
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