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Los tribunales han reducido 721 penas en aplicación de la Ley de ‘Solo sí es sí’

El Consejo General del Poder Judicial ha contabilizado hasta 74 excarcelaciones tras la aprobación de la norma

TSJ de Navarra (Foto: Wikipedia)

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Los tribunales han reducido 721 penas en aplicación de la Ley de ‘Solo sí es sí’

El Consejo General del Poder Judicial ha contabilizado hasta 74 excarcelaciones tras la aprobación de la norma

TSJ de Navarra (Foto: Wikipedia)



Los tribunales han acordado al menos 721 reducciones de pena en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, conocida con Ley de Solo sí es sí, según los datos recabados hasta el día 1 de marzo por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) del Tribunal Supremo, los tribunales superiores de justicia y las audiencias provinciales.

Estas resoluciones han supuesto al menos 74 excarcelaciones, según informa el CGPJ, que aclara que en la información facilitada se incluye solamente las excarcelaciones confirmadas y comunicadas. En este sentido, podrían haberse producido más salidas de prisión dado que, tal como reconoce el propio órgano de gobierno de los jueces, no todos los órganos judiciales han aportado esta información.



Los datos desvelados por el CGPJ responden a reducciones de pena, absoluciones y excarcelaciones producidas desde la entrada en vigor de la norma el pasado 7 de octubre de 2022 hasta la reflejada como “fecha de actualización”. Las absoluciones comunicadas son consecuencia en todos los casos de la destipificación del delito de abuso sexual cometido mediante engaño con menores de entre 16 y 18, castigado en el artículo 182.2 del Código Penal anterior a la reforma.

Según los estos datos, el Tribunal Supremo ha reducido la pena de diez condenados, si bien no ha dictaminado ninguna excarcelación. En todos los casos estos fallos corresponden a resoluciones dictadas en recursos de casación.

El Tribunal Supremo ha reducido la pena de diez condenados. (Foto: TS)



Con respecto de la información referida a sentencias de las audiencias provinciales, los datos sobre las mismas corresponden exclusivamente a revisiones de pena y no incluyen aquellas sentencias de instancia dictadas en relación con hechos ocurridos antes de la entrada en vigor de la LO 10/2022 en las que se ha aplicado esta -y no la norma vigente en la fecha de los hechos enjuiciados- por ser considerada más favorable para el reo.

Teniendo esto en cuenta, han sido contabilizadas 1.572 revisiones de condena, de las que 674 han dado como resultado una reducción de la pena impuesta antes del cambio de la ley y 73 excarcelaciones.

Por último, en lo que a los tribunales superiores de justicia de se refiere, los datos corresponden a resoluciones dictadas en recursos de apelación planteados, bien contra sentencias de instancia, bien contra resoluciones dictadas por las Audiencias Provinciales en el trámite de revisión de penas. En estos tribunales se han producido 37 reducciones de condena y una excarcelación.

Sin datos globales

El CGPJ informa que no se dispone del dato global de asuntos ya revisados, en trámite o pendientes de revisar por los órganos judiciales. Algunos de estos han manifestado la dificultad que la huelga que mantienen los letrados de la Administración de Justicia supone para poder ofrecer o actualizar estos datos.

Sin embargo, los órganos judiciales de Madrid sí han comunicado que, hasta la fecha de remisión de datos, 16 de febrero, habían tramitado el 84% de las resoluciones susceptibles de revisión de las que tenían constancia. Por su parte, el Tribunal Supremo ha informado de que existen 224 recursos de casación pendientes en los que se ha dado traslado a las partes para que efectúen alegaciones sobre la incidencia de la LO 1O/2022 en el asunto concreto. Se han resuelto 26 hasta la fecha de entrega de datos.

Los datos ofrecidos tampoco incluyen las revisiones de pena que puedan haber tramitado los Juzgados de lo Penal, competentes para enjuiciar delitos contra la libertad sexual penados con hasta cinco años de prisión, “ante la dificultad de recabar esta información de los órganos unipersonales”.

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