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Más de 400 aspirantes a la Policía Municipal de Madrid impugnan la prueba psicotécnica de la última oposición

Cada una de las pruebas es eliminatoria, por lo que ser tumbados en ésta fueron eliminados del proceso 

(Imagen: Policía Municipal de Madrid.)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




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Más de 400 aspirantes a la Policía Municipal de Madrid impugnan la prueba psicotécnica de la última oposición

Cada una de las pruebas es eliminatoria, por lo que ser tumbados en ésta fueron eliminados del proceso 

(Imagen: Policía Municipal de Madrid.)



Un grupo de más de 400 aspirantes a la Policía Municipal de Madrid han recurrido la prueba psicotécnica de la última oposición (promoción 55), convocada en noviembre de 2023 y celebrada el pasado 16 de junio, tras ser declarados «no aptos» en este ejercicio, que consiste en un test de aptitudes y un test de personalidad.

La oposición consta de cuatro pruebas: una cultural, de conocimiento; la segunda, que es la psicotécnica; la tercera son pruebas físicas, y la cuarta, el reconocimiento médico. Cada una de ellas es eliminatoria, por lo que al ser tumbados en la segunda prueba fueron eliminados del proceso.



Asistidos por la firma Legal Oposiciones, especializada en procesos selectivos, han interpuesto un recurso de alzada ante el Ayuntamiento de Madrid, en el que reclaman que se les declare «aptos» en el ejercicio psicotécnico o que, de manera subsidiaria, se repita el ejercicio.

Estos opositores desconocen los motivos por los que fueron declarados «no aptos», ya que lo único que se publica es la lista de «aptos». Por ello, también han pedido al tribunal calificador que motive su decisión respecto a cada uno de ellos, ya que consideran que tienen la aptitud y personalidad adecuada para ser declarados «aptos» para ejercer de policía local en la Comunidad de Madrid.

El pasado mes de mayo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 32 de Madrid dio la razón a un grupo de 18 aspirantes de la convocatoria anterior, que también fueron asistidos por Legal Oposiciones, y anuló la nota de corte de la prueba psicotécnica de la promoción 54. Una sentencia –la número 188/2024, de 3 de mayo– que el Consistorio ya ha ejecutado 



En concreto, este grupo consiguió anular la elevación de nota de corte del test de aptitudes y ser declarados «aptos», lo que ha beneficiado a un total de 137 aspirantes que han podido concurrir a las pruebas físicas,  justo después de las pruebas físicas realizadas por los aspirantes de la promoción 55 que han superado la prueba psicotécnica.

Incidencia de la ejecución de la sentencia en la promoción 55

Los opositores de la promoción 55 denuncian que la «elevada dificultad» de la prueba psicotécnica realizada el pasado 16 de junio (comparada con la del 26 de mayo y la de precedentes promociones) «tendría su explicación en el intento del tribunal calificador de dejar desiertas suficientes plazas para poder adjudicarlas a los aspirantes de la promoción 54″, lo que, en su opinión, constituye «un claro fraude de ley, que vulnera su derecho a acceder a la función pública en condiciones de igualdad y con respeto a los principios de publicidad, mérito y capacidad, que consagra la Constitución Española».

En el escrito destacan que, según las bases de la convocatoria, la nota de corte establecida por el tribunal para superar la prueba psicotécnica se tiene que fijar después de haberse realizado dicho ejercicio. Sin embargo, denuncian que en este proceso selectivo se hizo antes.  

Además, «uno de los acuerdos que recurre este grupo de la promoción 55 es la anulación de varias preguntas de la prueba psicotécnica. En concreto, del test de actitudes. Se anularon porque estaban mal formuladas o daban opción a varias respuestas correctas», según precisan a Economist & Jurist los abogados Cristina Moscoso del Prado e Ignacio Ucelay Urech, socios directores de Legal Oposiciones.

Los recurrentes consideran que la anulación de preguntas «se ha hecho para intentar mitigar o reducir de alguna forma los efectos de esa diferencia de dificultad entre exámenes».

Ahora, el Ayuntamiento de Madrid tiene tres meses para resolver los recursos de estos opositores.  

Las «irregularidades» que detectan

Los recurrentes exponen en su escrito que hubo una primera convocatoria para realizar el ejercicio psicotécnico el 26 de mayo, que «se tuvo que suspender porque la empresa contratada había confeccionado mal las hojas de respuestas –su numeración no se correspondía con las de las preguntas–», y que en la segunda convocatoria, realizada el 16 de junio, «el test fue mucho más difícil y complejo».

Aseguran también que hubo «falta de transparencia, puesto que no se han publicado los cuadernillos con las preguntas –a diferencia del primer ejercicio, una prueba de conocimientos–, por lo que no han podido verificar su contenido después del examen».  

Asimismo, denuncian «trato discriminatorio, porque hay opositores que han impugnado preguntas concretas que posteriormente han sido anuladas por el tribunal –como ha ocurrido con la pregunta número 46 del test de aptitudes–, de lo que se deduce que han dispuesto de esos cuadernillos, porque sino no podrían impugnar la pregunta». 

Además, señalan que «antes de publicarse el acuerdo de anulación de dicha pregunta había academias que ya sabían que se iba a anular, lo que evidencia que ha habido filtraciones». Una cuestión que acreditan aportando las publicaciones de esas academias.

También sostienen  que «se ha vulnerado la garantía de anonimato del proceso selectivo, pues la anulación de esa pregunta se hizo cuando ya se sabía el nombre y apellidos de los aspirantes a los que iba a beneficiar esa anulación.

Según explican a Economist & jurist los abogados Ucelay y Moscoso del Prado, «los ejercicios se corrigen sin que el tribunal conozca el nombre y apellidos de quien realiza la prueba, y una vez corregidos, en un acto público se abren los sobres con los ejercicios y se cruzan los datos para elaborar el listado de aprobados». «Por lo tanto, la anulación de esa pregunta una vez abiertas las plicas, permitió saber al tribunal el número de aspirantes  concretos que se iba a beneficiar y su identidad», precisan.

También alegan que la anulación de varias preguntas «ha hecho que las distintas dimensiones a valorar en el test de aptitudes –aptitud verbal, aptitud numérica, aptitud espacial, razonamiento y atención-percepción– no valgan lo mismo, como exigen las bases, y hayan quedado descompensadas».  

Adicionalmente, piden la motivación de sus calificaciones en los dos test realizados –de personalidad y aptitudes–, «que deben estar homologados por la Comunidad de Madrid en base a un perfil profesiográfico previamente fijado y publicado». Asimismo, reclaman  numerosa información técnica de las pruebas elaboradas para que un experto en psicometría pueda analizar la validez y fiabilidad de los test.

La palabra chabola y las lentes intraoculares

La firma que ha articulado este recurso y el de promoción 54 también impugnó en su día, en representación de opositores a la Guardia Civil, el examen de ortografía tras ser declarados «no aptos» por la palabra «chavola». Por señalar como incorrecta esta palabra, al considerar que se escribe con “b” y no con «v». Un caso que provocó un gran revuelo y todavía está pendiente de resolución por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). 

Y fue el despacho que consiguió que a las pruebas de la Policía Nacional pudieran presentarse aspirantes con lentes intraoculares.

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