En casos como el de Daniel Sancho, los consulados brindan apoyo a los detenidos, aunque con limitaciones
El consulado o la embajada no pueden sustraer al infractor de la aplicación de la ley penal extranjera
Daniel Sancho. (Foto: La Sexta)
En casos como el de Daniel Sancho, los consulados brindan apoyo a los detenidos, aunque con limitaciones
El consulado o la embajada no pueden sustraer al infractor de la aplicación de la ley penal extranjera
Daniel Sancho. (Foto: La Sexta)
El pasado fin de semana, Daniel Sancho, un español de 29 años, confesaba a la policía de Tailandia que había matado a un médico colombiano en el país asiático. Ahora se encuentra detenido y a la espera de la decisión de las autoridades tailandesas.
De este modo, se une a los centenares de españoles que cumplen sentencia en otros países (casi 900 a finales de 2022).
El hecho de que una persona se enfrente a un proceso judicial por un delito grave es una situación desagradable. Pero esta sensación se multiplica si el delito y la detención se ha producido en otro país. En España se puede acceder con facilidad a un abogado, se conoce el idioma y posiblemente se tiene una red de familiares o amigos que pueden prestar apoyo. Sin embargo, los problemas prácticos que pueden surgir de una situación de detención o de prisión en un país extranjero, que en ocasiones puede presentar deficiencias en los servicios telefónicos y postales, con una cultura y unos modos de vida distintos y, en la mayoría de los casos, con un idioma diferente, pueden ser enormes. ¿Qué pasa en estos casos con la persona detenida?
En esta situación, la principal ayuda, al menos en un primer momento, procede de las autoridades consulares españolas. Antes de entrar a exponer la ayuda que se puede recibir por esta vía, parece necesario hacer una serie de aclaraciones.
Aun cuando a priori pueda parecer evidente, las personas de viaje en otros países están sometidas a la ley del país en que se encuentran. De este modo, un español que viola la ley en otro país se está sujeto a procedimiento judicial según las leyes de ese Estado. No se le puede excusar del cumplimiento de la pena impuesta contra él. Al igual que ocurre en España, el desconocimiento de la ley no le exime de su cumplimiento, al igual que el ser extranjero tampoco puede ser excusa para no respetar las normas nacionales.
Dicho esto, el consulado o la embajada no pueden sustraer al infractor de la aplicación de la ley penal extranjera. No obstante, sí pueden prestar una ayuda fundamental.
Según aseguran desde el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, procuran asegurar a sus nacionales un trato adecuado por parte de las autoridades penitenciarias, así como el respeto a la intimidad de la persona detenida. En este sentido, señala que “el Estado español proporcionará una mayor asistencia y atención a los presos y detenidos en aquellos países en los que las condiciones sean objetivamente más deficientes”.
Una vez se ha producido la detención, es importante pedir a las autoridades que permitan hacer una llamada al consulado al objeto de informar de la situación y de que puedan presta ayuda. Una vez tiene conocimiento de la detención, la oficina consular pedirá a las autoridades locales comunicación inmediata con el detenido español y acceso al mismo desde el momento en que se conozca su detención y hasta su puesta en libertad.
Asimismo, procuran asegurarse de que el trato recibido por el español sea por lo menos igual al mejor recibido por los nacionales del país en cuestión. Además, gestionan los permisos para que los detenidos puedan comunicarse con sus familiares y amigos, al tiempo que recogen información sobre el status del preso para evitar, en la medida de lo posible, que las autoridades locales no prolonguen su situación sin razón evidente.
En lo que a las visitas se refiere, desde Asuntos Exteriores se advierte a los familiares y amigos de la persona detenida que en algunos países el viajero puede caer en las manos de personas que intentarán aprovecharse de la situación ofreciendo falsas esperanzas a cambio de grandes sumas de dinero.
En caso de necesitar asistencia legal, las oficinas consulares pueden proporcionar una lista de abogados especializados según los casos, aunque no pueden recomendar a uno en particular, ya que esa decisión le corresponde al detenido o a sus familiares. Las representaciones españolas tampoco pueden oficiar como letrados.
En cualquier caso, recomiendan que los visitantes informen a la oficina consular correspondiente o, en su caso, a la Dirección General de Asuntos Consulares y Protección de los Españoles en el Extranjero. A este respecto, es importante que estos familiares soliciten toda la información relevante, días y horarios de visita en establecimientos penales concretos, así como requisitos de entrada y permanencia en los diferentes países, antes de iniciar el viaje.
En el caso de que se prolongue la detención a la espera de juicio o de que se produzca el ingreso en un centro penitenciario tras una condena, los funcionarios del consulado hacen un seguimiento del estado de salud de los detenidos y velan para que las autoridades del establecimiento penal proporcionen a los presos españoles alimentación adecuada y servicios médicos.
Por último, en aquellos países con los que exista Convenio de Traslado de Personas Condenadas o que sean parte del Convenio de Estrasburgo, se encargarán de que el procedimiento de traslado para cumplir la condena en España sea lo más rápido posible. No obstante, el traslado sólo puede producirse si las tres partes están de acuerdo (preso, Estado de condena y Estado de cumplimiento).
Duras penas en Tailandia
Tailandia es un país que se caracteriza por la dureza de las penas. En el caso de Daniel Sancho, según el artículo 288 del Código Penal de Tailandia, a este ciudadano español le puede caer una condena que va desde los entre 15 y 20 años de prisión a la pena de muerte. No obstante, el actual monarca tailandés, Maha Vajiralongkorn, podría conmutar su hipotética condena, como ya ha hecho en otra ocasión con un ciudadano español.
El Gobierno de España y el de Tailandia han suscrito un acuerdo de colaboración sobre Cooperación en Materia de Ejecución de Sentencias Penales (1983), que entró en vigor en diciembre de 1987. Este acuerdo permite a los condenados cumplir las penas privativas de libertad en el país del que son ciudadanos.
Según el artículo 2 de ese documento, el traslado de presos a sus países de origen está sometida a una serie de condiciones. Entre ellas, que la infracción penal por la cual el delincuente haya sido declarado culpable y condenado constituya un delito que sería considerado igualmente como tal en el Estado receptor, si hubiera sido cometido en dicho Estado.
Además, el condenado trasladado debe ser ciudadano del Estado receptor y en ningún caso debe haber cometido delitos contra la seguridad interior o exterior del Estado, contra el jefe de Estado o miembros de su familia o que el delito sea en materia de contrabando de antigüedades o tesoros del patrimonio artístico nacional.