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Pedraz cede a Guinea la investigación del secuestro y encarcelamiento de cuatro miembros del movimiento opositor

El magistrado remarca que “no hay por qué dudar que de la actividad judicial en el país de origen de los investigados"

Audiencia Nacional. (Imagen: Archivo)

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Pedraz cede a Guinea la investigación del secuestro y encarcelamiento de cuatro miembros del movimiento opositor

El magistrado remarca que “no hay por qué dudar que de la actividad judicial en el país de origen de los investigados"

Audiencia Nacional. (Imagen: Archivo)



El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado ceder a Guinea la jurisdicción para investigar el presunto secuestro, torturas y desaparición de cuatro miembros del Movimiento para la Liberación de Guinea Ecuatorial-Tercera República en noviembre de 2019, unos hechos por los que estaban siendo investigados en España el hijo del presidente de la República, Teodoro Obiang, y otros dos miembros del Gobierno.

Como ha adelantado hoy el diario El País, en un auto, Pedraz explica que se ha recibido una comisión rogatoria de las autoridades de Guinea en la que se interesa la cesión de la jurisdicción a la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia de aquel país al haberse abierto un procedimiento por los mismos hechos y contra las mismas personas que en España.



De lo actuado, indica Pedraz, no hay base alguna para concluir, siquiera indiciariamente, que haya hechos cometidos en España de forma que la actividad criminal se hubiera desarrollado al menos parcialmente en nuestro país. A falta de otras diligencias, añade, pese además del tiempo transcurrido, solo consta que fueron secuestrados en Sudán del Sur y trasladados a Guinea Ecuatorial. Además, aclara, el hecho de que se diga que los perjudicados –dos de los cuales tenían nacionalidad española y los otros dos residían en España– fueron previamente investigados (con vigilancias o seguimientos en España) y luego convencidos para que se desplazaran a Sudán solo son meras manifestaciones que no se acreditan.



Para el juez, a la vista de la comisión rogatoria y de los hechos imputados (calificados como secuestro con finalidad terrorista en relación con delitos contra la libertad) “concurren lo requisitos para que no puedan perseguirse los delitos investigados en España y con ello acceder a la cesión de jurisdicción”.

Con los obrantes en la solicitud de cesión de jurisdicción enviados por Guinea “este instructor no puede poner en duda que se trate de otros hechos o que el procedimiento adolezca de falta de parcialidad o sea meramente instrumental”, asegura.



No obstante, recuerda que existe una cláusula de salvaguarda para que el juez sí pueda perseguir los delitos en España cuando el Estado que ejerza su jurisdicción no esté dispuesto a llevar a cabo la investigación o no pueda realmente hacerlo, una cláusula que se debería poner en marcha elevando exposición razonada al Tribunal Supremo una vez comprobado que no se han investigados los hechos en aquel Estado.

Finalmente, el titular del Juzgado Central de Instrucción Cinco remarca que “no hay porqué dudar que se iniciara la causa el 15 de febrero de 2023 en la Sala Segunda de la Corte, porque así se comunica oficialmente; como tampoco que no se siga un proceso con las debidas garantías reconocidos por el Derecho Internacional, pues basta leer el auto 3 de julio de 2023 de dicha Corte en el que solicita la cesión, como la legislación guineo ecuatorial, del que no se sigue quiebra alguna”.

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