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Actualidad

Principales novedades del nuevo Reglamento de Extranjería: cambios en el visado, arraigo y asilo

Se ha publicado hoy en el BOE y entrará en vigor el 20 de mayo de 2025 

(Imagen: E&J)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




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Principales novedades del nuevo Reglamento de Extranjería: cambios en el visado, arraigo y asilo

Se ha publicado hoy en el BOE y entrará en vigor el 20 de mayo de 2025 

(Imagen: E&J)



El Consejo de Ministros ha aprobado este miércoles un nuevo Reglamento de Extranjería, publicado hoy en el BOE, que tiene como principales objetivos adecuar la norma a la situación migratoria actual, satisfacer las necesidades de nuestro mercado laboral y de las personas migrantes, así como hacer frente al reto demográfico de nuestro país. Entrará en vigor el 20 de mayo de 2025 y el Gobierno estima que con él «se podrían regularizar unas 300.000 personas cada año en los próximos tres años».

Debido a la evolución del fenómeno migratorio y a la necesidad de adaptar la normativa a una realidad cambiante, se ha optado por «aprobar un nuevo reglamento que aglutine las diversas y necesarias reformas, en lugar de llevar a cabo una modificación parcial del mismo», según recoge el documento publicado en el BOE.



“Es la reforma más integral y ambiciosa que se ha realizado en 13 años, desde su entrada en vigor en 2011, representa un equilibrio entre la extensión y protección de los derechos de las personas migrantes y el rigor jurídico y la atención a las necesidades de España”, ha señalado la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros.



Además, ha indicado que el nuevo reglamento «aporta seguridad jurídica, simplifica trámites y protege derechos, y también nuevas posibilidades a las personas que hayan decidido desarrollar su proyecto de vida en España, a ellas y a sus familias”, y va a servir «para combatir a las mafias, el fraude y la vulneración de derechos”. 

El nuevo reglamento cumple con el derecho de la Unión Europea a través de la transposición de directivas pendientes y la aplicación de los reglamentos comunitarios, y se ha abordado con las asociaciones que trabajan con migrantes, la patronal, los sindicatos, las comunidades autónomas y las entidades locales. 



Pie de foto: Saiz ha explicado que el nuevo texto «abre puertas que antes estaban cerradas mediante tres llaves: la formación, el empleo y la familia; tres llaves que nos llevan a la inclusión, pero siendo muy exigentes con los requisitos jurídicos y exquisitos con los derechos humanos”.

Visados

El nuevo reglamento crea un título específico para los visados, que «clarifica el esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general». «Las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones, de cuatro. El Ministerio destaca que «de esta forma, se evitan situaciones de irregular sobrevenida, algo que también se ha querido evitar en la nueva norma al aclarar y simplificar los trámites para el cambio de una situación de residencia a otra». Por ejemplo, no será necesario abandonar nuestro país para obtener la residencia de larga duración después de haber tenido una temporal.

También se ha extendido a un año el visado para la búsqueda de empleo, que antes era una autorización de tres meses. Este visado permite la búsqueda de empleo en determinadas ocupaciones y ámbitos territoriales, de forma que los 12 meses “van a facilitar que las personas consigan un trabajo adecuado a su perfil profesional y, al mismo tiempo, que las empresas encuentren los profesionales que necesitan”, precisa Saiz.

Se establecen cinco figuras de arraigo

Mención específica merecen en esta reforma las figuras de arraigo. “Somos el único país de la Unión Europea que dispone de una figura específica para regularizar a las personas día a día a través del arraigo”, ha explicado Elma Saiz, “con cinco modalidades: el social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad, que es una de las novedades más importantes de este nuevo Reglamento”. Esta nueva modalidad va dirigida a las personas que han tenido una autorización de residencia en los últimos dos años y no se hubiera renovado por diversas razones.

Se crea la figura de arraigo de segunda oportunidad, que permite la regularización de las personas que han tenido una autorización de residencia en los últimos dos años y no se hubiera renovado

“El objetivo es reforzar y ampliar las vías de acceso a la regularización de las personas migrantes que están en España, para que puedan llevar una vida plena como ciudadanos: tener derechos y tener deberes”, ha explicado Saiz.

Estas figuras se homogeneizan y se reduce el tiempo de permanencia en España de tres a dos años. Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajena como propia desde el primer momento. Todas estas autorizaciones serán de un año, salvo la familiar, que es de cinco.

Según ha expuesto la ministra de Inclusión,Seguridad Social y Migraciones, a finales de 2023 había más de 210.000 personas con autorización por arraigo, 85.000 más que en el año anterior. El Ministerio estima que con las novedades incorporadas, «se podrían regularizar unas 300.000 personas cada año en los próximos tres años». 

Trabajo

La mayor parte de las autorizaciones reguladas en este reglamento habilitan para trabajar desde el primer momento, sin tener que solicitar de forma expresa una autorización inicial de trabajo por cuenta ajena. Esto incluye a quienes vienen a realizar estudios, que podrán trabajar hasta 30 horas a la semana. «De esta forma, se fomenta la inclusión del migrante y su integración en la sociedad», destaca el Gobierno.

En cuanto a las actividades de temporada, se ha creado una autorización específica de residencia y trabajo que facilita la contratación tanto a nivel individual como colectivo. «Además, se mejora la protección de los derechos de los trabajadores, ya que deberán tener información concreta y escrita –en un idioma que comprendan– de sus condiciones laborales, de estancia y demás gastos», detalla. 

Se modifica la estancia por estudios, permitiendo trabajar hasta 30 horas semanales, y se mejora la reagrupación familiar

También se mejoran sus condiciones de habitabilidad y la seguridad del trabajador desde que sale de su país hasta que se da de alta en la Seguridad Social en España, «una mejora en la posibilidad de cambio de empleador en caso de abuso o por otras causas que hayan impedido el desarrollo de la relación laboral –fallecimiento del empleador, plaga en la cosecha etc.–».

Asimismo, el nuevo reglamento promueve que los empresarios dispongan de más información en todo el proceso, que es más sencillo y flexible para que puedan adaptarse a las necesidades concretas como la duración determinada o la gestión colectiva de contrataciones. «Ampliar los permisos de residencia –con la fórmula 1+4– da mayor estabilidad y más garantías a las empresas», subraya la ministra.

Formación

Otra de las novedades para los estudiantes es que van a poder contar con una autorización de estancia por estudios que dure el mismo tiempo que su formación, y se les va a facilitar una vía rápida para poder enlazar con una autorización de trabajo una vez acabada su formación.

Durante sus estudios estarán autorizados a trabajar un máximo de 30 horas semanales, e independientemente de la formación que estén cursando.

Se han reforzado los requisitos y las obligaciones de los centros de estudios, por lo que le damos a los estudiantes una protección superior a la actual, “nos aseguramos de que obtengan una formación digna y suficiente y evitamos que sean víctimas de fraude”, ha dicho la ministra Elma Saiz.

Familia

Con el objetivo común de la inclusión, se ha mejorado la reagrupación familiar. Se ha creado una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles, en cuyo caso se amplía la edad de los hijos hasta los 26 años –antes era 21 años–, y se contemplan realidades que hasta ahora se mantenían fuera, como la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente que pueda acreditar una relación afectiva análoga. 

La mayoría de quienes se van a beneficiar de esta medida son personas que han obtenido la nacionalidad española en los últimos años y pueden traerse a su familia. También se amplía el concepto de familiar reagrupado a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.