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Procedimientos concursales: soluciones para tiempos de crisis

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Procedimientos concursales: soluciones para tiempos de crisis

(Imagen: el blog de DIGI)



 

La red jurídica Círculo Legal, a la que recientemente se ha adherido el Bufete Forteza-Rey de Mallorca, ha organizado una Mesa Redonda en el Real Club Náutico de Palma de Mallorca para tratar sobre los procesos concursales. Bajo el título “Crisis Económica: ¿el concurso es la solución?”, Adalberto Guerrero y Diego Cabezuela, socios de los despachos de Barcelona y Madrid respectivamente, han explicado algunas de las soluciones que puede aportar la declaración de concurso a los empresarios.



Para Adalberto Guerrero, socio de Círculo Legal, “los procedimientos concursales se presentan como una solución, que adquiere una mayor relevancia en momentos de crisis económica, para las empresas que por diversos motivos se encuentran en una situación de falta de liquidez, que necesiten adecuar su estructura productiva, o afrontar una situación de impagados,  pérdidas o bajada de ventas, ya que permiten al empresario ganar tiempo para tomar decisiones, y reorganizar su empresa de forma correcta”. Según Guerrero, “otra de las ventajas que aporta la Ley Concursal al empresario es evitar la presión y los inconvenientes de las ejecuciones individuales y separadas de los distintos acreedores, ya que el concurso permite un trato igualitario de los grupos de acreedores, evitando que unos puedan cobrar sus créditos a costa de que la mayoría no lo haga. “

Los concursos tiene muchos puntos en común con lo que anteriormente se declaraba como Q (quiebra) o SP (suspensión de pagos), si bien la Ley Concursal cuenta con mecanismos ventajosos con respecto a los procedimientos anteriores, que ofrecían menores oportunidades a las empresas para revertir la situación. La declaración de concurso permite “evitar la ejecución de hacienda, seguridad social y que los bancos no pueden cobrar sus deudas al menos durante un año, dando la oportunidad al empresario a ganar tiempo y organizar sus recursos para solventar la situación” según comentó  Adalberto Guerrero.

Por lo que se refiere al motivo y momento para declarar el concurso, Guerrero explicó que “la ley objetiviza la declaración de concurso en las empresas. Las deudas de tres meses en hacienda o seguridad social, los intentos de embargos sin bienes o el impago de varios proveedores obligan a declarar en un plazo de dos meses el concurso.  Para el socio de Círculo legal “los máximos responsables de la empresa son los primeros interesados en declarar el concurso ante determinadas situaciones,  ya que si no se presenta el procedimiento, los administradores y también los consejeros delegados de las empresas deben responder personalmente de las deudas”.



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