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Rechazan el recurso de una madre que pidió que sus hijos fueran eximidos de la mascarilla en la escuela debido a problemas respiratorios

La Sala argumenta que los informes médicos presentados no acreditan una patología específica que justifique la exención del uso de mascarilla en los menores

(IMAGEN: E&J)

Juan Luis Martín Romero

Redactor en Economist & Jurist




Tiempo de lectura: 2 min



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Rechazan el recurso de una madre que pidió que sus hijos fueran eximidos de la mascarilla en la escuela debido a problemas respiratorios

La Sala argumenta que los informes médicos presentados no acreditan una patología específica que justifique la exención del uso de mascarilla en los menores

(IMAGEN: E&J)



El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha rechazado el recurso presentado por una madre que solicitaba la exención del uso obligatorio de la mascarilla para sus dos hijos en la escuela, argumentando que la ley los eximía de esta obligación. La Sala de lo Contencioso ha confirmado la decisión anterior del Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Guadalajara, emitida el 27 de septiembre de 2021, que respaldaba la decisión del gobierno provincial de no permitir el acceso ni la permanencia de los menores en el centro escolar sin mascarilla.

En su recurso, la madre presentó informes médicos que detallaban que sus hijos sufrían de dificultades respiratorias, falta de oxígeno, eritemas, rinitis y otras patologías respiratorias relacionadas con el uso de la mascarilla. Además, solicitó que se declarara nula la prohibición de asistir a clase sin mascarilla y se garantizara el cumplimiento de la distancia interpersonal obligatoria de 1,5 metros, ya que el colegio cuenta con un número reducido de alumnos, no más de siete.



Los magistrados justificaron su decisión señalando que los informes médicos no especificaban una patología o enfermedad “concreta” y “preexistente” en los menores que impidiera el uso de la mascarilla. Según la Sala, los documentos médicos presentados solo mencionan una «dificultad respiratoria» sin precisar su alcance, lo que no es suficiente para eximir a los menores del uso obligatorio de la mascarilla en el entorno escolar. Asimismo, argumentaron que los niños no padecen ninguna discapacidad y tienen la edad suficiente para retirarse la mascarilla en caso de necesidad.

En cuanto a la alegación de la madre sobre la intervención del Estado en la libertad individual respecto a la integridad física y moral mediante el uso de mascarillas, la Sala recordó que nos encontramos en una situación de pandemia mundial. La decisión de exigir mascarillas, según los magistrados, es proporcional a los objetivos de proteger la salud pública y representa una medida terapéutica no especialmente invasiva.

La sentencia no es definitiva, y cabe la posibilidad de recurrirla ante el Tribunal Supremo.