Rechazan indemnizar a la responsable de elaborar el programa de prevención de riesgos laborales porque su ansiedad la podía haber evitado ella misma
La mujer reclamaba una indemnización de 20.000 euros por daños morales
(Imagen: E&J)
Rechazan indemnizar a la responsable de elaborar el programa de prevención de riesgos laborales porque su ansiedad la podía haber evitado ella misma
La mujer reclamaba una indemnización de 20.000 euros por daños morales
(Imagen: E&J)
No cabe indemnizar a una empleada de recursos humanos de baja por ansiedad porque es la propia trabajadora, delegada de calidad, quien se encarga de llevar a cabo las funciones de prevención de riesgos laborales (PRL), por lo que ella misma podría haber puesto en marcha el protocolo recomendado en estos casos. Así ha concluido el Tribunal Supremo después de desestimar el recurso de suplicación interpuesto por dicha empleada, quien reclamaba una indemnización de 20.000 euros por daños morales.
Según consta en la sentencia (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’), el Alto Tribunal ha llegado a esta conclusión después de considerar que «la trabajadora, por su condición de delegada de prevención de riesgos, ha podido instar a la empresa y a los técnicos del servicio de prevención, incluidos los médicos, en mejorar la política de prevención de riesgos, lo que tampoco se ha acreditado que haya realizado». Además, el magistrado ha destacado que «la vigilancia periódica del estado de salud de la trabajadora, en función de los riesgos inherentes al trabajo, tan sólo puede realizarse con consentimiento de la trabajadora, que no consta que en momento alguno lo haya prestado».
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