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Sánchez defenderá en el Parlamento Europeo la validez de la amnistía

El miércoles hará balance de la presidencia europea de nuestro país y volverá a ser preguntado sobre esta cuestión

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (Imagen: Parlamento Europeo)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 8 min

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Sánchez defenderá en el Parlamento Europeo la validez de la amnistía

El miércoles hará balance de la presidencia europea de nuestro país y volverá a ser preguntado sobre esta cuestión

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (Imagen: Parlamento Europeo)



La futura ley de amnistía vuelve a retomar protagonismo esta semana. Mañana, el Pleno del Congreso votará la toma en consideración de esta proposición de ley, presentada por el PSOE, en la que faltan las enmiendas de otros grupos. Un día después, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, viajará a Bruselas para hacer balance en el Parlamento Europeo de la presidencia española de la UE. Y las preguntas sobre la amnistía volverán.

Curro Nicolau, abogado experto en Derecho regulatorio, reconvertido en empresario, ha recurrido la amnistía ante el TJUE. (Imagen: E&J)



En este contexto, cabe señalar el dictamen jurídico realizado por el abogado Curro Nicolau, primer jurista que interpuso un recurso por inacción de la Comisión Europea ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y que fue entrevistado por Economist & Jurist, donde profundiza en las lagunas de dicha proposición de ley que ha servido para que Sánchez fuera investido de nuevo como presidente del Gobierno. Este dictamen será enviado a la Comisión en los próximos días. 

En él se definen las contradicciones de la ley de amnistía que la hacen fuera del Estado de Derecho; se advierte de que inactiva al poder judicial, porque la ley se aplica de forma automática aunque en la exposición de motivos se dice que será caso a caso; también alerta de que amnistía los delitos de malversación, salvo aquellos que tengan que ver con fondos europeos, y que anula los delitos de terrorismo, menos aquellos con sentencia judicial firme. 



«A la vista de todo lo anteriormente expuesto, vemos cómo el Reino de España puede encaminarse a enfrentarse ante la mayor crisis del Estado de Derecho como consecuencia de la tramitación y, en su caso. de la promulgación de la Proposición de Ley Orgánica de Amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña», avisa este experto.



El dictamen concluye que tras un análisis comparado de los casos de Rumanía, Hungría y Polonia en relación a la posible vulneración del Estado de Derecho por parte del Gobierno de España, «junto la situación de parálisis mencionada sobre el CGPJ desde diciembre de 2018 y la promoción del texto legislativo mencionado, con especial referencia a los supuestos contemplados en su artículo 4, se conculcan los valores del artículo 2 del TUE de forma sistemática, deliberada, grave y permanente por parte de este último Estado miembro en lo que atañe a la independencia del poder judicial”. 

Contradicción con el poder judicial 

Destaca que queda claramente evidenciado que el poder judicial «se ve limitado» por las previsiones contenidas en la dicha propuesta normativa, y que es preciso una intervención preventiva por parte de las instituciones comunitarias, y en particular de la Comisión Europea, siguiendo el dictado del mecanismo contemplado en la Comunicación del 11 de marzo de 2014.

El tribunal del ‘procés’. (Foto: CGPJ)

“A nuestro modo de ver, estas previsiones normativas son palmariamente contrarias a la cláusula de protección del Estado de Derecho del artículo 2 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en su vertiente de división de poderes e independencia judicial, al suponer una orden singular al poder legislativo respecto de la forma en que los tribunales deben tramitar un procedimiento que afecta a determinadas personas Nicolau.

Y hace hincapié en que ello supone «una clara vulneración del Estado de Derecho en cuanto a la supremacía del Principio básico de división de poderes», ya que que «resta al poder judicial su capacidad de poder actuar», porque la ley «obliga al juez nacional a levantar medidas acordadas o pendientes de acordar, incluso decayendo la eficacia de las mismas ante la interposición de un recurso o cuestión de inconstitucionalidad”.

Bruselas tiene varias formas de intervenir 

El dictamen hace un análisis comparado de otras situaciones parecidas en la UE. En este sentido, indica que desde el año 2012, países como Polonia, Hungría y Rumania «vienen siendo protagonistas de ciertos episodios» y que esto ha hecho a la Comisión Europea establecer pautas de cómo actuar en estos casos. Desde el 11 de marzo  del 2014 hay una comunicación de la Comisión como hoja de ruta a seguir en esos casos. 

La formas de intervenir la Comisión ante este tipo de vulneraciones son varias. Según detalla el dictamen, en los casos leves “primero se abre un diálogo con el Estado, como es el caso en el que estamos en este momento con España; luego habría una evaluación objetiva del texto que se está estudiando y por ultimo, una serie de recomendaciones que se dan al Estado miembro para que cambie o sustituya algunas partes de la norma». 

En los casos graves se utiliza el mecanismo preventivo del artículo 7, apartado 1, del Tratado de la UE que permite que el TUE puede activarse únicamente en caso de «riesgo claro de violación grave», y el mecanismo de sanción del artículo 7,  apartado 2, del TUE, sólo en caso de «violación grave y persistente por parte de un Estado miembro» de los valores contemplados en el artículo 2 del TUE. «El TJUE funciona a instancias de la Comisión o si recibe un recurso como el que envíe por inacción de la Comisión”, apunta. 

Por último, el Parlamento Europeo, con el Reglamento 2020/2092, establece un mecanismo que “permite la suspensión o reducción de fondos europeos cuando se produzcan violaciones del Estado de Derecho en los países miembros». El Parlamento lo puede hacer de oficio o a petición de alguno de los Estados miembro. En el citado artículo 3 del citado Reglamento, se indica, entre otros aspectos, vulneración del Estado de Derecho el atentar contra la independencia judicial, entre otras cuestiones.  

Sede de la Comisión Europea, en Bruselas. (Imagen: UE)

Contradicción delitos de terrorismo  

El dictamen también pone el foco en que el artículo 2.c) de la Proposición de Ley excluye de la aplicación de la futura ley “los actos tipificados como delitos de terrorismo castigados en el Capítulo VII del Título XXII del Libro II del Código Penal siempre y cuando haya recaído sentencia firme y hayan consistido en la comisión de alguna de las conductas descritas en el artículo 3 de la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2017”.  A sensu contrario, se excluyen los supuestos cuando aún no hubiera recaído sentencia o ésta no fuera firme. 

Esta cuestión del terrorismo posee un punto de conexión directo con la normativa europea, derivado, precisamente, de la Directiva que se cita en la norma, y que exige en el artículo 1 de la citada Directiva que los Estados miembro «adoptarán las medidas necesarias para garantizar que los siguientes actos intencionados, tipificados como delitos con arreglo al Derecho nacional, que, por su naturaleza o contexto, pueden perjudicar grave mente a un país o a una organización internacional, se tipifiquen como delitos de terrorismo cuando…”. 

Según Curro Nicolau, «la exclusión de los supuestos de terrorismo aún no enjuiciados o en proceso de enjuiciamiento, entraría en una clara colisión con la medida impuesta por la propia Directiva comunitaria citada”.

¿Qué preguntará el Parlamento Europeo a Sánchez?

Este abogado afirma que la Comisión Europea ha preguntado al ministro de Justicia, Félix Bolaños, y que previsiblemente también lo hará a Sanchez, qué ha previsto nuestro país con esta proposición de ley para proteger el Estado de Derecho y la separación de poderes, «porque en España hay preocupación por la elección de los jueces y la intervención de la política en el poder judicial». Entiende que el Parlamento Europeo, en esta ocasión, quiere saber si se ha previsto alguna medida para preservar la independencia judicial. 

A su juicio, «este es el elemento clave que hace que la ley de amnistía sea inviable». «Es posible que ese artículo 4 se modifique en el futuro porque creo que la UE no lo va a aceptar. Al mismo tiempo, todavía no tenemos las enmiendas de otros partidos políticos, por lo que el texto se puede hacer más complejo. Es posible que sea más difícil de entender por la Comisión”, manifiesta Nicolau.

En este sentido, subraya que el tema de la independencia judicial es importante para la Comisión Europea. “Ya hemos conocido actuaciones concretas en algunos países y no puede haber una desigualdad en el tratamiento de esas medidas. España, aunque no se igual que Hungría y Rumania, no deja de estar sometida al derecho comunitario. El malestar es claro en el Parlamento Europeo, como han evidenciado eurodiputados del PP y Ciudadanos, habrá que ver el desenlace de la cuestión”, expone.

Este letrado señala que el Gobierno español “cambió de opinión sobre la amnistía antes de las elecciones del 23J -dijo que no la iba a otorgar, aunque luego no ha sido así-, y sostiene que la Comisión, a través del comisario de justicia, Didier Reynders, va a estar expectante, si bien todavía no hay una acción establecida con el protocolo de 2014 para este tipo de situaciones. 

El comisario Reynders reprendió a España la semana pasada por no renovar el CGPJ y advirtió de que estarán vigilantes ante la ley de amnistía (Imagen: CE)

En los casos de Rumania y Polonia se actuó de forma preventiva. En el caso español, pese a que todavía no hay ley, «se percibe como un ataque al Estado de Derecho».  «Los últimos informes del GRECO y del Parlamento Europeo cuestionan la independencia del poder judicial, con lo cual, la Comisión Europea podría intervenir contra cualquier texto Legislativo que fuera contra el Estado d Derecho»,  recoge el dictamen.

Asimismo, precisa que la amnistía podría ir contra el articulo 2 del Tratado de la UE, donde se habla de división de poderes, seguridad jurídica e independencia judicial, «con lo cual la Comisión podría actuar de forma preventiva, como hizo con Hungría y así ese país retiró la ley sobre los cambios de su Tribunal Constitucional, y también con Polonia». «La acción preventiva está para evitar un mal mayor», apostilla.

Sánchez, como Bolaños, defenderá lo indefendible, dice Nicolau

Nicolau augura que la intervención del presidente “irá en la misma línea de Bolaños en su reunión con Reynders», y que hará «un lavado de imagen de la norma y volverá a defenderla a capa y espada», aunque este abogado hace hincapié en que «hay grietas serias» y que «el propio CGPJ lo dejó muy claro en la declaración institucional que realizó hace unos días, respaldada por nueve vocales», que también avisaba que esta Proposición de Ley de amnistía podría socavar el Estado de Derecho. 

Vicente Guilarte, presidente en funciones del CGPJ. (Imagen: Poder judicial)

“El debate que se plantea no es tanto que la amnistía es constitucional como figura, lo que hay que ver son los límites», declara este abogado, para quien «se han rebasado e infringen la independencia judicial». Y destaca que «desde esta perspectiva, ya no es un ataque contra el Derecho nacional, sino contra el Derecho de la UE. Y este Derecho comunitario es ley en España”. 

Apunta que el artículo 2 del Tratado de la UE que habla del Estado de Derecho se ve afectado por la proposición de la amnistía, y que a esto hay que unirle que la norma «vulnera los temas de malversación y del terrorismo”.  

«Por un lado dice que se amnistían aquellos delitos relacionados con la malversación, pero más adelante se exceptúa aquellos delitos financieros que tengan que ve con la UE en un momento en que la Comisión ha dicho que será vigilante con estos delitos de malversación”, explica.

En este sentido, el dictamen señala que es necesario tener en cuenta si se estaría vulnerando la Directiva (UE) 2017/1371  del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude, que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal. Y que en su artículo 4.3 señala que los Estados miembro «adoptarán las medidas necesarias para garantizar que la malversación, cuando se cometa intencionadamente, constituya una infracción penal». 

Curro Nicolau augura una batalla judicial intensa en los próximos meses para frenar el alcance de la ley de amnistía. Indica que «una cuestión prejudicial ante el TJUE podría paralizar el desarrollo de la norma en nuestro país, un aspecto que no han podido controlarlo con la proposición de amnistía que ahora se tramita en el Parlamento, por ser Derecho europeo», y que «al mismo tiempo, habrá que ver como actúa el Tribunal Constitucional ante los recursos que le lleguen sobre la norma». «La preocupación es enorme, y la Comisión Europea, una vez España deje la presidencia europea, es previsible que se movilice aún más”, concluye.

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