Connect with us
Actualidad

Sánchez se querella contra el juez que investiga a su mujer

Por un supuesto delito de prevaricación judicial

Pedro Sánchez y su esposa. (Imagen: E&J)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 6 min

Publicado




Actualidad

Sánchez se querella contra el juez que investiga a su mujer

Por un supuesto delito de prevaricación judicial

Pedro Sánchez y su esposa. (Imagen: E&J)



El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se ha querellado contra el magistrado que investiga a su esposa, Begoña Gómez. Acusa al titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, de un supuesto delito de prevaricación judicial (artículo 466 del Código Penal) porque considera «injusta» la resolución en la que se le citó como testigo, así como la que rechazó que declarase por escrito.

Afirma que «hay múltiples elementos que hacen evidente que la toma de declaración practicada» este martes en La Moncloa «contraviene la normativa que la regula, despojando a quien ostenta la Presidencia de uno de los poderes del Estado de las garantías que le ofrece la Ley de Enjuiciamiento Criminal desde 1882, sin explicación alternativa manifestada o manifestable».



Es la primera vez en la historia de la democracia de nuestro país que un presidente del Gobierno se querella contra un magistrado. La querella la ha articulado la Abogacía del Estado, en representación del presidente, y ha sido presentada ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Sánchez considera «agraviada la institución que dirige por el delito presuntamente cometido» por el juez que investiga a su mujer por la presunta comisión de los delitos de corrupción en el sector privado y tráfico de influencias.



En la querella pide una batería de diligencias, entre ellas que se tome declaración al magistrado sustituto que dictó la providencia del pasado 26 de julio que rechazó que declarase por escrito, Carlos Valle y Muñoz-Torrero, «para que explique si su contenido lo hace propio o fue expresión del parecer exclusivo del querellado, como los términos de la propia providencia sugiere».

Precisamente, la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), la mayoritaria de la Carrera Judicial, denunció ayer ante la Comisión Europea que desde el Gobierno se está socavando la confianza en el Poder Judicial con sus ataques al juez Peinado.



También alzó la voz el sindicato Manos Limpias, cuya denuncia contra Begoña Gómez motivó la investigación del juez Peinado. Este sindicato alertó este lunes al comisario europeo de Justicia, Didier Reynders, del «brutal ataque» de ministros al juez del caso Begoña Gómez y pidió al Consejo General del Poder Judicial que lo ampare.

Sánchez se acoge a su derecho a no declarar ante el juez por ser cónyuge de la investigada

La querella, de 35 páginas, se ha presentado el mismo día en el que el juez se ha desplazado a La Moncloa a  tomar declaración a Sánchez como testigo. El presidente se ha acogido a su derecho a no declarar aludiendo al artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) y que como cónyuge de Begoña Gómez está «dispensado» de la obligación de declarar.

(Imagen: RTVE)

El magistrado ha preguntado al presidente si tenía alguna relación con alguno de los investigados, él ha dicho que es el cónyuge, entonces el magistrado le ha preguntado si se acogía a la dispensa de no declarar y Sánchez ha dicho que sí, según ha informado el abogado de la investigada, el exministro socialista Antonio Camacho, quien insiste en que la declaración debía haberse hecho por escrito.

La abogada Marta Castro, que ejercita la acusación popular en nombre de VOX y ha estado presente en la comparecencia del presidente, afirma que Sánchez ha estado «impávido y altanero, como se le suele ver en el Congreso de los Diputados».

A las puertas de La Moncloa, Jorge Buxadé y Marta Castro, coordinadores jurídicos nacionales de VOX, han atendido a los medios y han señalado que el artículo 416 es trata de «un derecho que puede utilizar Pedro Sánchez respecto de su mujer, Begoña Gómez, pero no de los otros dos imputados, el rector de la Universidad Complutense, Joaquín Goyache, y el empresario Juan Carlos Barrabés».

Han indicado que ahora tienen que analizar el alcance de esta no declaración. «Se ha negado a hablar sobre unos hechos de los que es testigo, y ya veremos las consecuencias», ha apuntado Castro.

Sánchez dice que la querella «no supone un ataque al Poder Judicial»

La abogada del Estado Zaida Isabel Fernandez Toro señala en la querella que «dejando a un lado la aparente inconcreción y generalidad con la que se define el objeto de aquella causa, el magistrado instructor, en definitiva, vincula y concreta la presunta actividad delictiva de la investigada en dichas Diligencias Previas seguidas en el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, a la condición profesional, que no personal, del ahora querellante», y que «desde un punto de vista cronológico, lo que resulta determinante a la hora de definir qué investiga -por etérea o amplia que sea dicha descripción-, son los hechos que se produjeron desde que el esposo de aquella es el presidente del Gobierno; no se investigan actos antes de alcanzar la Presidencia, aunque ya estuviesen casados la investigada y mi representado».

«Esta delimitación tan abstracta del objeto de las Diligencias Previas 1146/2024 de continua cita,  presupone, al no constar un mínimo indicio que lo soporte, una conjetura que desprestigia y genera un descrédito gratuito a la institución que representa mi patrocinado, sin que ello suponga desatender ni desconocer el total sometimiento de ésta a la Ley, al Derecho y a la acción de la Justicia», asegura.

Y añade que los hechos que van a ser objeto de investigación «quedan delimitados por un período temporal vinculado a la condición de presidente del Gobierno del querellante. Esto es, es la propia delimitación del objeto del proceso realizada por el querellado el que ha determinado la condición de presidente del Gobierno como un hecho inescindible de las posibles diligencias probatorias que pudieran practicarse en la causa», y que, «por lo tanto, esa misma condición será la que imponga que, en las diligencias sumariales que puedan afectar al titular de la Presidencia del Gobierno, se guarde el necesario respeto de las garantías y especialidades procesales que la Ley de Enjuiciamiento Criminal impone para este peculiar tipo de diligencias sumariales».

Miguel Bernad, secretario general de Manos Limpias, afirma que el presidente del Gobierno «sabía acerca de las gestiones de su mujer y tenía conocimiento del presunto tráfico de influencias». (Imagen: Rosalina Moreno/E&J)

La Abogacía del Estado comienza el desarrollo sustantivo de la querella «indicando que el ejercicio resulta obligado como consecuencia de la necesidad de defender la institución que representa, la Presidencia del Gobierno en los términos definidos en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, frente a las actuaciones puntuales realizadas por el querellado».

Afirma que esta querella «no supone, ni puede suponer un ataque al Poder Judicial, sino el intento de alejamiento del ejercicio puntual de un representante de ese poder, de la arbitrariedad proscrita constitucionalmente, dirigida, no solo respecto de cualquier ciudadano, sino en este caso, respecto del máximo representante de otro de los poderes estatales, esto es, el Ejecutivo, todo lo que parece explicar el injusto proceder del magistrado».

«Estamos ante una resolución injusta: objetivamente lo es, porque no está previsto el artículo 413 para un testigo llamado a declarar por razón del conocimiento de los hechos por su cargo. Subjetivamente, porque atiende a convicciones propias de quien la emita que se apartan de su deber investigador. La teoría de la infracción del deber también resulta de aplicación porque aquí el juez se aparta del método previsto en el ordenamiento, tal como se ha ido desgranando», manifiesta el querellante.

Añade que «no se trata de que no quepa investigarse a alguien en nuestro sistema procesal», sino de que «la forma buscada para la investigación, en este caso concreto, está más orientada a otras finalidades, ajenas a las procesales, de manera que las decisiones no pretenden ser eficaces desde un punto de vista sumarial, sino aparatosas».

«En ocasiones se ha hecho sin infringir exigencias legales, como al quebrarse la costumbre de no publicar resoluciones en período electoral cuando hay intereses políticos concernidos por el proceso, de manera directa o indirecta. Pero en este caso concreto se ha hecho además en clara contravención abierta de normas que pretenden ordenar la intervención en el proceso penal de los poderes e instituciones del Estado, siendo simplemente inaplicadas sin motivo alguno», argumenta.

Manos Limpias ve la querella «un fraude procesal» y, además, afirma que «supone una malversación de caudales públicos»

Y recalca que esta querella no es «un ataque frente al poder judicial». «Al contrario, es expresión en la confianza en el poder judicial, al entender que es el adecuado para resolver un abuso, en este caso judicial y atribuible a uno de los más de 5.000 jueces que ejercen su función en España. Es, además, el único medio de defensa que queda frente a un ataque absolutamente carente de justificación o motivación por parte de quien ejerce funciones jurisdiccionales», concluye.

Para el sindicato Manos Limpias, «esta querella es un fraude procesal y, además, supone una malversación de caudales públicos al utilizar a la Abogacía del Estado, pues el juez le cito como esposo de Begoña no como presidente del Gobierno». Así lo ha declarado a Economist & Jurist el secretario general del sindicato, Miguel Bernad. 

Por su parte, el presidente de VOX, Santiago Abascal, ha reaccionado a la querella señalando que el presidente del Gobierno «pretende que la corrupción que le rodea ni siquiera pueda ser juzgada» y que para ello, éste «va a iniciar una cacería contra los jueces que se atrevan a velar por la ley». «Vamos a tener otro Maduro en España», sentencia.