Sanción disciplinaria por consultar el móvil en horario de trabajo: la empresa lo había prohibido
30 días de suspensión de empleo y sueldo por una falta muy grave
El abogado Ramón Arnó Torrades, CEO de La Familia Digital, analiza la sentencia en 'Economist & Jurist'. (Imagen: E&J)
Sanción disciplinaria por consultar el móvil en horario de trabajo: la empresa lo había prohibido
30 días de suspensión de empleo y sueldo por una falta muy grave
El abogado Ramón Arnó Torrades, CEO de La Familia Digital, analiza la sentencia en 'Economist & Jurist'. (Imagen: E&J)
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado una sanción disciplinaria a una trabajadora que consultó su móvil personal en horario laboral, pese a que lo tenía terminantemente prohibido por su empresa. Por una falta muy grave ha sido sancionada con suspensión de empleo y sueldo durante 30 días.
La recurrente trabaja de vigilante de seguridad en Transportes Blindados, SA (Tablisa), desempeñando sus funciones en el Aeropuerto de Tenerife Norte.
La sanción le fue impuesta en el mes de noviembre, por carta, por una falta muy grave de acuerdo al artículo 74.12 del Convenio Colectivo Estatal para las Empresas de Seguridad, ocurrida el 9 de octubre de 2021, a las 17:45.
La empresa le imputó que durante su turno aquel día que tenía asignado un puesto de barrera de acceso a una zona aeroportuaria restringida, había estado unos 30 minutos consultando su teléfono móvil, aunque lo tenía terminantemente prohibido, al igual que el uso de dispositivos electrónicos, «dada la alta posibilidad de error y desconcentración que lleva aparejado», y que había incumplido las obligaciones esenciales de su puesto de trabajo, al estar distraída consultándolo, en lugar de revisando los monitores de vigilancia, lo que provocó que una persona sin autorización entrara en un área reservada del aeropuerto. En concreto, «hasta la plataforma de operaciones aéreas, zona donde se encuentran las aeronaves, con la gravedad que ello conlleva».
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