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Sancionada con 4.800 euros una empresa que no entregó a tiempo una información solicitada por la AEPD

La mercantil disponía de cinco días hábiles para enviar los documentos que la Agencia le había requerido

Agencia Española de Protección de Datos. (Imagen: AEPD)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 2 min



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Sancionada con 4.800 euros una empresa que no entregó a tiempo una información solicitada por la AEPD

La mercantil disponía de cinco días hábiles para enviar los documentos que la Agencia le había requerido

Agencia Española de Protección de Datos. (Imagen: AEPD)

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 4.800 euros a una empresa de tecnología que, en el marco de una investigación, no facilitó la información que se le requería en los cinco días hábiles que tenía para ello. De hecho, no fue hasta que se le advirtió de que se había iniciado un procedimiento sancionador contra ella, cuando ésta respondió a la Agencia.

Según consta en la resolución, la AEPD, como consecuencia de una reclamación, puso en marcha una serie de actuaciones contra la compañía condenada, una pyme constituida en el año 2011 de la que se sospechaba que podría estar incumpliendo una serie de normas recogidas en el Reglamento general de protección de datos (RGPD). Para ello, se remitió a la tecnológica un requerimiento por el que se le instaba a que, en el plazo de cinco días hábiles, «presentase ante esta Agencia la información y documentación que en él se señalaban».





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