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Información sobre subvenciones

Se convocan subvenciones para acciones de orientación y acompañamiento a la inserción en Cataluña

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Información sobre subvenciones

Se convocan subvenciones para acciones de orientación y acompañamiento a la inserción en Cataluña



RESOLUCIÓN TSF/2534/2016, de 10 de noviembre, por la que se abre la convocatoria para el año 2016 de las subvenciones para la realización de acciones de orientación y acompañamiento a la inserción. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña de 15 de noviebmre de 2016)

En fecha 15 de noviembre de 2016 se ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya la Orden TSF/301/2016, de 4 de noviembre por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación y acompañamiento a la inserción.



Vista la situación económica actual y para dar respuesta personalizada a las diferentes necesidades de la ciudadanía en materia de empleo que les permita alcanzar sus objetivos profesionales con las mejores garantías, el Servicio Público de Empleo de Cataluña considera necesario mantener el servicio de orientación implementado en su red de orientación para el empleo. Este servicio se lleva a cabo en colaboración con entidades privadas especializadas y comprende acciones de orientación profesional para el empleo y el autoempleo, articuladas de forma personalizada en itinerarios de inserción ocupacional con el objetivo de incrementar los recursos a disposición de las personas demandantes de empleo para incorporarse al mercado laboral y mejorar sus posibilidades de empleo.

Las subvenciones previstas en esta convocatoria están destinadas a la realización de acciones de orientación profesional para el empleo para personas demandantes de empleo no ocupadas, por lo que es de interés público su tramitación por la vía de urgencia ya que están financiadas con cargo a fondos de la Conferencia Sectorial para Asuntos Laborales para el año 2016 y tienen asignación presupuestaria dentro del ejercicio 2016. Por este motivo, se deben aplicar a la realización de acciones de orientación y acompañamiento a la inserción que empiecen antes de finalizar el año 2016.Eso significa que el otorgamiento de las subvenciones se debe notificar con tiempo suficiente para poder presentar la documentación preceptiva para el inicio efectivo de las acciones por parte de las entidades beneficiarias y para su validación por parte del Servicio Público de Empleo de Cataluña. Es para garantizarlo que se ha apreciado la necesidad de agilizar los trámites de revisión y valoración de las solicitudes, así como los de resolución y notificación de los otorgamientos, con la finalidad de abreviar el tiempo necesario para la realización de estos trámites y, en consecuencia, disponer del tiempo suficiente.

Con este objetivo, vista la fecha de publicación y dada la existencia de razones de interés público que lo aconsejan, se ha acordado la tramitación de urgencia de esta convocatoria en los términos previstos en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que comporta la reducción, a la mitad, de todos los plazos previstos, excepto los de los de presentación de solicitudes y presentación de recursos. Queda recogido de esta manera en la disposición adicional de esta Resolución.



El plazo de presentación de solicitudes es el comprendido entre el 21 y el 27 de noviembre de 2016, ambos incluidos.