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Tercera sentencia histórica del Supremo sobre tarjetas ‘revolving’: condena a Carrefour por falta de transparencia en una de sus cláusulas

La entidad se ha allanado a la demanda, presentada por el despacho Don Recuperador

(Imagen: Carrefour)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 3 min



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Tercera sentencia histórica del Supremo sobre tarjetas ‘revolving’: condena a Carrefour por falta de transparencia en una de sus cláusulas

La entidad se ha allanado a la demanda, presentada por el despacho Don Recuperador

(Imagen: Carrefour)

La Audiencia Provincial de Madrid da la razón a los servicios financieros del Carrefour, el demandante interpone un recurso de casación y la entidad termina allanándose a la demanda. Así ha concluido el largo pleito entre un cliente de Carrefour y dicha sociedad, demandada por el primero en 2016 después de que éste firmara un contrato de tarjeta de crédito usurario denominado Visa Pass.

Se trata de la tercera sentencia histórica del Tribunal Supremo sobre tarjetas revolving. Un fallo que reconoce nuevamente la ausencia de transparencia en algunos de estos contratos de tarjetas de crédito, redactados con cláusulas abusivas que perjudican económicamente al consumidor.

La demanda, presentada por el afectado en octubre de 2016, denunciaba que no se había consumado el control de incorporación o transparencia de la entidad, lo que justificaba que ahora el demandante quisiera recuperar la cantidad invertida en el contrato que excediera del capital prestado.

Tales pretensiones fueron íntegramente estimadas por el Juzgado de Primera Instancia número 102 de Madrid, que reconoció que una de las cláusulas del contrato de tarjeta de crédito —que regula interés remuneratorio para la modalidad «revolving»— «no cumplía el control de transparencia (material)».

Bajo esta consideración, el tribunal condenó a Carrefour Pass a emitir un reembolso, con intereses, por no cumplir las exigencias de las Ordenes EHA 2899/2011, de 28 de octubre, de la Circular 5/2012, de 27 de junio y EHA 1608/2010, de 14 de junio que regula la transparencia de los servicios de pago sujetos a la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago.

Las tarjetas revolving siguen siendo foco de conflictos entre financieras y consumidores. (Imagen: OCU)

Una vulneración de la Ley de Consumidores y Usuarios

En contra de esta resolución, la entidad financiera interpuso un recurso de apelación, parcialmente estimado por la Audiencia Provincial de Madrid en el sentido de anular la devolución de las cantidades pagadas, así como de los intereses, al consumidor. Así y todo, el cliente interpuso un recurso de casación ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, argumentando una infracción del artículo 80.1 a) y b) del Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Consumidores y Usuarios.

Este artículo establece que los contratos con consumidores y usuarios que utilicen cláusulas no negociadas individualmente deberán cumplir los siguientes requisitos: «a) Concreción, claridad y sencillez en la redacción, con posibilidad de comprensión directa, sin reenvíos a textos o documentos que no se faciliten previa o simultáneamente a la conclusión del contrato […]. b) Accesibilidad y legibilidad, de forma que permita al consumidor y usuario el conocimiento previo a la celebración del contrato sobre su existencia y contenido […]».

Antes de formalizar el contrato, las entidades deben facilitar al consumidor toda la información sobre los elevados intereses que llevan aparejados estos créditos, el funcionamiento de su mecanismo de recomposición del capital y sus posibles riesgos. Consciente de ello, Carrefour finalmente ha decidido allanarse a la demanda, admitiendo su parte de culpa y comprometiéndose a devolver al afectado las cantidades que hubiera pagado por todos los conceptos, que excedan del capital prestado, lo que se determinara en ejecución de sentencia, con el interés legal.

El caso ha corrido a cargo de la boutique legal Don Recuperador, cuyo director, Antonio Castro Losada, experto en luchar contra la falta de transparencia en los contratos de crédito revolving, ha destacado que «esta sentencia no solo corrige prácticas que han afectado a miles de consumidores, sino que también sienta las bases para una revisión integral de los productos financieros abusivos».

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