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Un conductor es absuelto, pese a dar positivo, porque el etilómetro no había pasado la verificación periódica

El tribunal, además, tuvo en cuenta el buen estado del conductor y el margen de error del etilómetro para dictar tal resolución

(Imagen: E&J)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 2 min



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Un conductor es absuelto, pese a dar positivo, porque el etilómetro no había pasado la verificación periódica

El tribunal, además, tuvo en cuenta el buen estado del conductor y el margen de error del etilómetro para dictar tal resolución

(Imagen: E&J)



De acuerdo con el Código Penal, conducir bajo los efectos del alcohol es considerado delito a partir de 0,6 mg/l de aire espirado o 1,2 g/l en sangre. No obstante, el margen de error de 7,5% que presentan la mayor parte de los etilómetros puede servir como pretexto para absolver a una persona cuya prueba de alcoholemia ha arrojado unos resultados superiores al permitido; más aún si dicho instrumento no ha pasado la verificación periódica anual de obligado cumplimiento.

En este sentido, el Juzgado de lo Penal número 6 de Alcalá de Henares ha absuelto recientemente a un hombre acusado de un delito de conducción bajo los efectos del alcohol, que la mañana del 10 de septiembre de 2022 fue sometido —en la localidad de Villalbilla— a un control de alcoholemia rutinario, y cuyo resultado dio positivo. Concretamente: superó en 0,06 mg/l lo legalmente permitido. Sin embargo, el margen de error previamente mencionado se convirtió en un punto clave para la absolución del acusado.



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