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Un hombre cancela una deuda de 136.000 euros gracias a la Ley de Segunda Oportunidad

El hombre, que pasó un tiempo en situación de ERTE, solicitó préstamos para hacer frente a las deudas anteriores

(Imagen: Archivo)

Pablo Montes

Periodista




Tiempo de lectura: 2 min

Publicado




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Un hombre cancela una deuda de 136.000 euros gracias a la Ley de Segunda Oportunidad

El hombre, que pasó un tiempo en situación de ERTE, solicitó préstamos para hacer frente a las deudas anteriores

(Imagen: Archivo)



El Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid ha dictado un auto por el que se concede el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho en el caso de un hombre que ha quedado así liberado de una deuda que ascendía a 136.000 euros, gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.

El hombre se endeudó tras solicitar financiación para la compra de una vivienda y para reformarla. Inicialmente, podía ir haciendo frente al pago de las cuotas de la financiación pero, tras la crisis inmobiliaria, estuvo en situación de ERTE durante seis meses. Para cubrir todos los gastos requirió algún minicrédito con la intención de devolverlo cuando su situación económica mejorase. Asimismo, en aquel entonces contaba con el apoyo económico de su pareja. Tras divorciarse, no pudo asumir el pago de las cuotas, por lo que solicitó otro préstamo para poder hacer frente a los gastos mensuales”, lo que supuso un empeoramiento significativo de su ya grave situación financiera.



Esta persona ha estado representada por los abogados de Repara tu Deuda, quienes señalan que “cada día se están produciendo cancelaciones de deuda en alguna comunidad autónoma de España. Esto provoca que muchas personas salgan de la situación de bloqueo económico en la que se encuentran”. También afirman que “muchas de estas personas desconocían con anterioridad que existía un mecanismo legal previsto para la cancelación de sus deudas desde el 2015”.

La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos quedar exonerados del pago de deuda siempre que cumplan una serie de requisitos previos. En general, es suficiente con que el concursado no haya cometido delitos socioeconómicos en los diez últimos años, que no supere los 5 millones de euros de deuda y que actúe siempre de buena fe. Actualmente, tras la reforma de septiembre de 2022, no es necesario intentar de forma previa llegar a un acuerdo con bancos y entidades financieras.

En este despacho recuerdan también que quienes no son potenciales beneficiarios del mecanismo de segunda oportunidad, pueden de forma alternativa cancelar tarjetas de crédito, tarjetas revolving, microcréditos, préstamos e hipotecas. Todo ello a través del estudio de los contratos firmados para ver si existe algún tipo de cláusula abusiva.



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