Connect with us
Actualidad

Un Juzgado de A Coruña absuelve a un acusado de desobediencia por estar permitido ir a la iglesia y comprar en cualquier supermercado

Tiempo de lectura: 2 min

Publicado




Actualidad

Un Juzgado de A Coruña absuelve a un acusado de desobediencia por estar permitido ir a la iglesia y comprar en cualquier supermercado

La iglesia, tal y como manifestaron los guardias civiles en el juicio, estaba abierta para rezar, por lo que el acusado no fue sancionado


El Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña ha absuelto a un vecino de Carballo que fue sorprendido por agentes el 12 de abril en las inmediaciones de una iglesia. El sospechoso, según la sentencia, les comunicó que iba al templo a practicar actos de culto, por lo que le dejaron entrar. Transcurridos unos minutos, los funcionarios lo localizaron cerca del parque San Martiño y, al preguntarle por su presencia en la vía pública, les dijo que iba a un supermercado. El juez absuelve al acusado del delito de desobediencia porque destaca que asistir a lugares de culto no está prohibido por el decreto que establece el estado de alarma. “Puede ser dudosa la redacción de su artículo 7, pero en materia de limitación de derechos, y más cuando se trata de derechos fundamentales, hay que considerar que lo que no está expresamente prohibido, está permitido”, recalca el magistrado.

La iglesia, tal y como manifestaron los guardias civiles en el juicio, estaba abierta para rezar, por lo que el acusado no fue sancionado. “El hecho de que unos minutos después saliera y les manifestara que iba a comprar alimentos tampoco constituye una conducta sancionable, al estar permitida expresamente por el real decreto”, señala el juez, quien asegura que, además, el hombre disponía de doce euros en efectivo para comprar. “No ha quedado demostrado que no fuera a un supermercado, aunque caminara en dirección contraria a su domicilio”, recalca el titular del Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña, quien recuerda que el decreto de alarma “tampoco obliga a comprar en el supermercado más cercano”.



El encausado ya había sido condenado al pago de una multa de 360 euros tras reconocer haber salido a la calle sin justificación el 8 de abril. Ese día fue interceptado en tres ocasiones por agentes, entre las 08.15 y las 09.50 horas, en diferentes calles de Carballo. Los funcionarios le advirtieron reiteradamente de que debía irse a su domicilio. La tercera vez lo detuvieron tras comprobar que había sido denunciado administrativamente en dos ocasiones en días anteriores por el mismo motivo.



Click para comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *