Una empresa deberá indemnizar con 20.000 euros a un trabajador al que denegó parte del permiso parental
Esta negativa chocaba con el derecho a la igualdad y a la no discriminación recogido en el artículo 14 de la Constitución
(Imagen: E&J)
Una empresa deberá indemnizar con 20.000 euros a un trabajador al que denegó parte del permiso parental
Esta negativa chocaba con el derecho a la igualdad y a la no discriminación recogido en el artículo 14 de la Constitución
(Imagen: E&J)
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha condenado a una empresa a indemnizar con 20.000 euros a un empleado, en plantilla desde 1992, al que previamente habían denegado parte del permiso parental que había solicitado para cuidar de sus dos hijas, de diez y siete años. Una negativa que, para el magistrado, contravenía con el derecho a la igualdad y a la no discriminación recogido en el artículo 14 de la Constitución.
Según consta en la sentencia (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’), el empleado —agente administrativo— solicitó a mediados de 2023 un permiso sin sueldo desde el 1 de agosto hasta el 3 de septiembre. Esta solicitud se amparaba en el Real Decreto-ley 5/2023, que entró en vigor ese mismo año y que acordaba la aprobación de medidas para mejorar la conciliación familiar y laboral.
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